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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #765196  por tincho_20
 
Les comento algo que me paso, Pension sin inscripcion, sin aportes se completan los 30 años usando ART. 38, para acceder a la pension, y se envia el recurso a la carss, El 08/12/2010 carss acuerda el recurso de reconsideracion y lo gira a anses, el 09/09/2011 Udai plaza de mayo recaratula el expediente y el 19/09/2011, lo deniega, cosa que me dejo perplejo debido a que jamas me denegaron una pension sin inscripcion con recurso de la carss favorable.
Busco por donde busco no encuentro anormalidad, eran casados legalmente, el fallecido murio antes de la 884, cosa q si fallecio despues a veces genera duda, en fin sinceramente no se en que basaron dicha denegatoria, En cuanto pueda tomar vista del expediente les cuento como sigue el tema, y si la udai se confundio tendre q interponer un recurso de reconsideracion.
Saludos.
 #765210  por Hermi
 
Seguramente fue un error de la UDAI, no pueden hacer caso omiso de la resolución de ANSeS para ese caso...
 #765224  por arandu2
 
Ya escuché lo mismo de otra Udai. Desde la semana pasada que hubo otro denegado con caracteristicas similares.

Cuando la apoderada consultó con la jefa de cómputos la razón, le dijo que la Carss resuelve el tema de la no afiliacion, y que la Udai resuelve sobre la compra de los periodos, que no es legal, es fraude porque la regularidad no se puede comprar ... ?????
:shock:
 #765349  por tincho_20
 
arandu2 escribió:Ya escuché lo mismo de otra Udai. Desde la semana pasada que hubo otro denegado con caracteristicas similares.

Cuando la apoderada consultó con la jefa de cómputos la razón, le dijo que la Carss resuelve el tema de la no afiliacion, y que la Udai resuelve sobre la compra de los periodos, que no es legal, es fraude porque la regularidad no se puede comprar ... ?????
:shock:
Yo no compre regularidad, como cualquier pension la inicie con moratoria, con el unico problema que no posee inscripcion de ahi, el reclamo a la carss. Igualmente en la misma udai me han acordado minimo 20 casos similares e iguales, y el ultimo fue hace unos 10 dias.
O fue error de la udai o alguna otra cosa rara hay.
 #765352  por tincho_20
 
arandu2 escribió:Ya escuché lo mismo de otra Udai. Desde la semana pasada que hubo otro denegado con caracteristicas similares.

Cuando la apoderada consultó con la jefa de cómputos la razón, le dijo que la Carss resuelve el tema de la no afiliacion, y que la Udai resuelve sobre la compra de los periodos, que no es legal, es fraude porque la regularidad no se puede comprar ... ?????
:shock:
y agrego si la carss decido sobre la inscripcion o sea la da por hecha que impide comprar 30 años por moratoria en una pension que el causante posee inscripcion, la verdad la ignoracia de esa jefa de computos es increible. NADIE ESTA COMPRANDO REGULARIDAD.
 #765382  por tincho_20
 
arandu2 escribió:Lo que dice la Udai es que comprar 30 años es comprar regularidad...
Con ese criterio que denieguen todas las pension que uno completa los 30 años por moratoria. o los 15.
 #765575  por tincho_20
 
Bueno les cuento porque la verdad estoy indignado, fui a la udai hable con un computista conocido y me dijo que al expediente le faltan 2 años para completar los 30 (Q lo estaba trabajando el compañero y que no podia meter mano en el expediente), me mostro de incognito el sica, y lo que pude visualizar es que no me cargaron bien el ART. 38 declarado en la solicitud, o sea yo lo declaro del 01/06/1958 al 31/05/1965, y en el computo figura desde 01/06/1960 de ahi los 2 años faltantes, en fin me da bronca tener que meter un error material, esperar que firmen la denegatoria , etc etc, despues de 1 año y medio de tramite, y siendo un sicam tan absurdo y facil, como este compuesto por 23 años de autonomo y 7 de art. 38. De aca se ve que la mayoria de los computistas no terminaron la secundaria siquiera, y no prestan la debida atencion, haciendonos perder tiempo.
Saludos.
 #765726  por arandu2
 
Me alegro tincho que solo fue un error del sector computos de la Udai, y no como yo decia. :P
 #766143  por tincho_20
 
arandu2 escribió:Me alegro tincho que solo fue un error del sector computos de la Udai, y no como yo decia. :P
si arandu pero igual me da bronca porq es un sicam muy simple en los 558 se peude apreciar q se compro 23 años y en la spp se declaro 7 de art. 38, o sea 23 + 7 = 30 tan simple como eso.
 #766175  por arandu2
 
Pasa eso porque no miran bien lo que hacen, chatean mientras, escuchan musica con el mp5, estan el feis, o en el intranet, o son nuevitos recien ingresados, o son de la campora, etc. Y hay muchas razones mas, como que no le ponen voluntad. :cry:
 #766229  por fabidoc
 
Maria C. escribió:por ello siempre cargo en el sicam la ddjj art 3 ley 24476
art. 3 no vá para pensión sin inscripción.
Ahora, viendo el caso de tincho, me puse a pensar, 30 años en la vida de una persona y que no tenga ni un año aporte??!! Por lo menos no me ha pasado que en caso de hombres no tengan algunos años de aportes. Es una fuente de trabajo esto de las pensiones sin inscripción, pero que injusto para tantas pensiones que uno no le encuentra salida, porque murieron jóvenes u otras razones....
 #766470  por Anyweb
 
Y algo muy importante es que decía la primera denegatoria? ¿La deniegan porque no estaba inscripto o porque no reune los años de servicios?