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  • Dudas auto apertura a prueba

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 #765269  por lardo_11
 
Hola, en un jucio de daños y perjuicios, el demandado fue declarado rebelde, se notifico la rebeldia y solicite apertura a prueba.
El juez en el despacho dice "Atento el estado de autos y existiendo hechos conducentes controvertidos que deben ser objeto de comprobación, se abre el juicio a prueba por TREINTA días (art. 487 C.P.C.C.). Notifíquese.

Mis dudas son:
1- Que significa ese "notifiquese"??, pues al rebelde solo se le notifica la rebeldia y la sentencia...
2- el despacho no dice ""librensen los oficios....citesen a los testigos para el dia..... ¿ cual es el proximo acto procesal que debe hacer??
muchas gracias a todos !!
 #765299  por Squonk
 
lardo_11 escribió: Mis dudas son:
1- Que significa ese "notifiquese"??, pues al rebelde solo se le notifica la rebeldia y la sentencia...
2- el despacho no dice ""librensen los oficios....citesen a los testigos para el dia..... ¿ cual es el proximo acto procesal que debe hacer??
Ese "notifiquese" significa que tenés que notificarte de esa providencia y pedir que se provean las pruebas que ofreciste.
Saludos
 #765321  por lardo_11
 
Muy bien, en un solo escrito me notifico y solicito se provea las pruebas ofrecidas.....GRACIASSSS