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  • FOTOS FACEBOOK COMO PRUEBA EN DIVORCIO

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #765166  por monique7
 
Buenas tardes foristas les consulto sobre el siguiente tema: debo iniciar un divorcio por injurias graves y entre otras cosas quiero presentar fotos extraidas del facebook como prueba de la infidelidad del esposo. Puede alguien indicarme si esas fotos deben ser certificadas por escribano, yo creo que sí, pregunté acá y nadie quiere hacerlo y luego si conocen alguna jurisprudencia al respecto, de juicios en donde se haya presentado material de facebook o donde poder buscarla, les agradecería muchísimo porque al ser un medio social nuevo (facebook) no encuentro fallos al respecto. Todo lo que pueden aportar será bienvenido. Saludos cordiales. Mónica
 #765293  por Tiburcio
 
Creo que es indispensable que las certifiquen. El escribano está obligado a hacerlo, aunque sea "de aca". Y es mejor lograr esto antes de que el señor las descuelgue.
Tratándose de facebook es mejor que acceda a ellas a través de un tercero. No violando el acceso propio del señor porque creo que es tan injurioso como las fotos que el pueda tener.
Pero evaluá bien con tu cliente si le conviene y tiene ánimos para soportar el circo.
 #765813  por Tiburcio
 
No entiendo qué jurisprudencia necesitás. Es una simple prueba documental
 #765816  por viko
 
y si bajas la foto, la imprimis y punto??
luego decis que la bajaste de facebook, porque el señor las hizo publicas...
y dado que es razonable lo que decis, es el sr. el que va a tener que probar que eran privadas, y que vos tuviste acceso ilegitimo a ellas, para impugnarlas.-
y citas de testigos a sus contactos de facebok
saludos
 #766406  por santiheladero
 
Modificacion Codigo Penal:

Art. 153. Será reprimido con prisión de quince (15) días a seis (6) meses el que abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le esté dirigido; o se apoderare indebidamente de una comunicación electrónica, una carta, un pliego, un despacho u otro papel privado, aunque no esté cerrado; o indebidamente suprimiere o desviare de su destino una correspondencia o una comunicación electrónica que no le esté dirigida.En la misma pena incurrirá el que indebidamente interceptare o captare comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones provenientes de cualquier sistema de carácter privado o de acceso restringido. La pena será de prisión de un (1) mes a un (1) año, si el autor además comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica. Si el hecho lo cometiere un funcionario público que abusare de sus funciones, sufrirá además, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena
 #766559  por mtinchoo
 
Como puede ser que esta persona accione "ilegitimamente" si esta bajando una foto que la otra parte se encargo de publicar?
De hecho, bajo mi punto de vista, mas en contra de la parte que subió esa foto, ya que a la vista de la injuria grave, una cosa sería tener la foto en un cajón de su casa, y otra subirla a facebook ignorando el daño que le puede causar a su mujer.
Yo diría que hagas como dijo uno de los colegas, que las imprimas y digas que las bajaste de facebook, haciendo hincapié en el daño que esto causo por tener amigos en común y por haber ventilado abiertamente una relación sin importar el daño que le podía causar a tu clienta.
Respecto a las fotos, en si. Concuerdo en las 2 cosas que dijeron. Certificalas por escribano y accede por un tercero si podes...
 #766604  por RUDAFI
 
Doy una opinion personal. Para ingresar a un portal de facebook te tienen que autorizar a entrar al lugar, es decir, te tiene que confirmar la amistad o permitir que todos puedan ingresar al mismo. si obtuviste una foto que el publica para que la vean todos los autorizados, no estas cometiendo nada indebido.-
 #767122  por monique7
 
Gracias a todos por sus respuestas. Es un tema bastante delicado y a eso me refería cuando pedía alguna jurisprudencia, para poder avalarme en ella. Porque acá se puede prestar para todo, incluso ir contra el escribano que certificó esas fotos, de ahí que debo tener muchísimo cuidado. Lo que no sé es que puede llegar a decir el juez porque, repito, no encuentro ningún fallo de divorcio por injurias graves en las que se hayan puesto como prueba fotos del face. De todos modos, esta prueba va a ir agregada a otras como son la violación del deber de asistencia y violencia verbal. De nuevo muchísimas gracias y saludos cordiales. Mónica
 #767208  por alejandra01
 
coincido. Yo a veces veo fotos de gente que si bien no comparte perfil, pueden verse sus fotos..
RUDAFI escribió:Doy una opinion personal. Para ingresar a un portal de facebook te tienen que autorizar a entrar al lugar, es decir, te tiene que confirmar la amistad o permitir que todos puedan ingresar al mismo. si obtuviste una foto que el publica para que la vean todos los autorizados, no estas cometiendo nada indebido.-