Estimados colegas
Presente mi primer incidente de prueba anticipada el cual me conceden y solicitan que confecciones oficio ley 22172 (por ser jurisdicción extraña al juzgado) y mandamiento de estilo. Esta prueba anticipada es para solicitar secuestro de historias clínicas mis dudas al respecto.
Despacho
[…]Procédase al secuestro de las historias clínicas y
demás documental mencionada en ap. V, 1) y 2) de fs. 16,
pertenecientes XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,
existentes en el Consultorio del Dr. X, sito en la
XXXXXXXXXXX, de la localidad de XXXX, Partido de
XXX, Provincia de Buenos Aires, y en la Obra Social XXXXXX
con domicilio en la calle XXXXXX de esta ciudad, a cuyo fin
líbrense oficio conforme ley 22.172 y mandamiento de estilo,
haciéndose saber que la documentación en cuestión, una vez
fotocopiada podrá ser reintegrada. Hágase constar la persona
autorizada para su diligenciamiento. Con facultades de requerir el
auxilio de la fuerza pública, los servicios de un cerrajero para
violentar cerraduras y allanar domicilio en caso necesario, bajo
responsabilidad de los peticionantes.
Procedo a la confección del oficio (este oficio debe dejarse a confronte) la duda es quien sortea el tribunal competente en esa jurisdicción, ósea tras el confronte donde presento el escrito así diligencian la medida solicitada.
Y quien se presenta en el consultorio a secuestra la historia clínica?
Agradecería a los colegas si me pueden orientar respecto a los pasos a seguir, si tienen algun modelo les agradeceria
Muchas gracias!!
Presente mi primer incidente de prueba anticipada el cual me conceden y solicitan que confecciones oficio ley 22172 (por ser jurisdicción extraña al juzgado) y mandamiento de estilo. Esta prueba anticipada es para solicitar secuestro de historias clínicas mis dudas al respecto.
Despacho
[…]Procédase al secuestro de las historias clínicas y
demás documental mencionada en ap. V, 1) y 2) de fs. 16,
pertenecientes XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,
existentes en el Consultorio del Dr. X, sito en la
XXXXXXXXXXX, de la localidad de XXXX, Partido de
XXX, Provincia de Buenos Aires, y en la Obra Social XXXXXX
con domicilio en la calle XXXXXX de esta ciudad, a cuyo fin
líbrense oficio conforme ley 22.172 y mandamiento de estilo,
haciéndose saber que la documentación en cuestión, una vez
fotocopiada podrá ser reintegrada. Hágase constar la persona
autorizada para su diligenciamiento. Con facultades de requerir el
auxilio de la fuerza pública, los servicios de un cerrajero para
violentar cerraduras y allanar domicilio en caso necesario, bajo
responsabilidad de los peticionantes.
Procedo a la confección del oficio (este oficio debe dejarse a confronte) la duda es quien sortea el tribunal competente en esa jurisdicción, ósea tras el confronte donde presento el escrito así diligencian la medida solicitada.
Y quien se presenta en el consultorio a secuestra la historia clínica?
Agradecería a los colegas si me pueden orientar respecto a los pasos a seguir, si tienen algun modelo les agradeceria
Muchas gracias!!
" El mundo es de los que se animan"