Hola a todos! buen día!
escuché a una persona de anses decir que ahora cuando uno inicia una pensión directa y pretende "comprar" 30 años en moratoria ya no se pueden usar los 7 años de ddjj del art. 3 sino que sólo se puede comprar la mitad de lo que correspondería...o sea, 3 años y 6 meses si le corresponderían 7 por la fecha de cese. yo tenía entendido eso cuando uno compra para regularizar sólo 15 años pero no cuando regulariza con 30... alguien sabe si esto es así , si hay alguna nueva circular o algo? porque yo, a raíz de esto que escuché de boca de un empleado de anses, me puse a investigar y no encontré ninguna normativa nueva al respecto...
espero que sea un error de dicho empleado puesto que creo que todos tenemos casos de este tipo....saludos y buen fin de semana para todos!
escuché a una persona de anses decir que ahora cuando uno inicia una pensión directa y pretende "comprar" 30 años en moratoria ya no se pueden usar los 7 años de ddjj del art. 3 sino que sólo se puede comprar la mitad de lo que correspondería...o sea, 3 años y 6 meses si le corresponderían 7 por la fecha de cese. yo tenía entendido eso cuando uno compra para regularizar sólo 15 años pero no cuando regulariza con 30... alguien sabe si esto es así , si hay alguna nueva circular o algo? porque yo, a raíz de esto que escuché de boca de un empleado de anses, me puse a investigar y no encontré ninguna normativa nueva al respecto...
espero que sea un error de dicho empleado puesto que creo que todos tenemos casos de este tipo....saludos y buen fin de semana para todos!
