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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #769503  por tincho_20
 
Gente querida del foro, sobre la construccion esto sigue vigente ???
B.O. 19/06/09 - Resolucion 18/09-SSS - Prestaciones previsionales de los Trabajadores de la Industria de la Construcción. Norma complementaria.
Segun como dice en dicha ley hoy por hoy la edad para jubilarse de un trabajador de la cosntruccion es de 56 años con 25 años de aportes y a partir del 2012 sera 55 años.
Tambien decia que si posee 12 años anteriores a los ultimos 15 de la fecha de solicitud (O sea como dice la ley el 80% de los ultimos 180 meses), se pueden completar los restantes 13 con aportes de otras industrias o sea aca podria comprar moratoria.

Mi duda es sino llego a los 12, tampoco llego a los 25, puedo prorratear los servicios que tenga como construccion a 56/25 ???
Gracias.
 #769528  por diegomdp
 
tincho_20 escribió:Gente querida del foro, sobre la construccion esto sigue vigente ???
B.O. 19/06/09 - Resolucion 18/09-SSS - Prestaciones previsionales de los Trabajadores de la Industria de la Construcción. Norma complementaria.
Segun como dice en dicha ley hoy por hoy la edad para jubilarse de un trabajador de la cosntruccion es de 56 años con 25 años de aportes y a partir del 2012 sera 55 años.
Tambien decia que si posee 12 años anteriores a los ultimos 15 de la fecha de solicitud (O sea como dice la ley el 80% de los ultimos 180 meses), se pueden completar los restantes 13 con aportes de otras industrias o sea aca podria comprar moratoria.

Mi duda es sino llego a los 12, tampoco llego a los 25, puedo prorratear los servicios que tenga como construccion a 56/25 ???
Gracias.
la 18/09 fue reemplazada por la sss 37/09 que justamente aclara que sino llegas a los 12 dentro de ultimos 15 con 25 podes prorratear como bien vos decis hasta el 30/04/2012 56/25.
la 18/09 estaba mal redactada y limitaba las posibilidades de prorrateo a algo que era incongruente, la 37/09 subsano ese error
 #769570  por tincho_20
 
diegomdp escribió:
tincho_20 escribió:Gente querida del foro, sobre la construccion esto sigue vigente ???
B.O. 19/06/09 - Resolucion 18/09-SSS - Prestaciones previsionales de los Trabajadores de la Industria de la Construcción. Norma complementaria.
Segun como dice en dicha ley hoy por hoy la edad para jubilarse de un trabajador de la cosntruccion es de 56 años con 25 años de aportes y a partir del 2012 sera 55 años.
Tambien decia que si posee 12 años anteriores a los ultimos 15 de la fecha de solicitud (O sea como dice la ley el 80% de los ultimos 180 meses), se pueden completar los restantes 13 con aportes de otras industrias o sea aca podria comprar moratoria.

Mi duda es sino llego a los 12, tampoco llego a los 25, puedo prorratear los servicios que tenga como construccion a 56/25 ???
Gracias.
la 18/09 fue reemplazada por la sss 37/09 que justamente aclara que sino llegas a los 12 dentro de ultimos 15 con 25 podes prorratear como bien vos decis hasta el 30/04/2012 56/25.
la 18/09 estaba mal redactada y limitaba las posibilidades de prorrateo a algo que era incongruente, la 37/09 subsano ese error
muchas gracias diego siempre tan amable vos. voy a buscar la 37/09.. saludos.
 #769660  por yesi
 
Ahora solo los aportes de construccion pueden ser bajo rel de dependencia, con libeta y demas??? porque tengo un supuesto de trabajador autonomo con categoria de construccion pero no reune los demas requisitos q tiene un empleado de la construccion. En ese caso si es de obrero de la construccion pero autonomo no puede tramitarla a los 55 no???
Gracias