Gente querida del foro, sobre la construccion esto sigue vigente ???
B.O. 19/06/09 - Resolucion 18/09-SSS - Prestaciones previsionales de los Trabajadores de la Industria de la Construcción. Norma complementaria.
Segun como dice en dicha ley hoy por hoy la edad para jubilarse de un trabajador de la cosntruccion es de 56 años con 25 años de aportes y a partir del 2012 sera 55 años.
Tambien decia que si posee 12 años anteriores a los ultimos 15 de la fecha de solicitud (O sea como dice la ley el 80% de los ultimos 180 meses), se pueden completar los restantes 13 con aportes de otras industrias o sea aca podria comprar moratoria.
Mi duda es sino llego a los 12, tampoco llego a los 25, puedo prorratear los servicios que tenga como construccion a 56/25 ???
Gracias.
B.O. 19/06/09 - Resolucion 18/09-SSS - Prestaciones previsionales de los Trabajadores de la Industria de la Construcción. Norma complementaria.
Segun como dice en dicha ley hoy por hoy la edad para jubilarse de un trabajador de la cosntruccion es de 56 años con 25 años de aportes y a partir del 2012 sera 55 años.
Tambien decia que si posee 12 años anteriores a los ultimos 15 de la fecha de solicitud (O sea como dice la ley el 80% de los ultimos 180 meses), se pueden completar los restantes 13 con aportes de otras industrias o sea aca podria comprar moratoria.
Mi duda es sino llego a los 12, tampoco llego a los 25, puedo prorratear los servicios que tenga como construccion a 56/25 ???
Gracias.
