Hola! tengo dudas sobre una Liquidación de Autónomos Puros.
El Afiliado tiene una inscripción en el Padrón de Anses y sólo registra un pago en 05/2006. Pienso aplicar Art. 1º Ley 25321 desde 10/1993 hasta la actualidad para poder hacer el envío vía Web, pero mi duda es saber cuantos años de Declaración Jurada puedo considerar. Sería 1 año ó 7 años?. Ese pago (05/2006), aunque le aplique el beneficio del Art. 1º Ley 25321, me condiciona el cese?
Saludos a todos y muchas gracias!
El Afiliado tiene una inscripción en el Padrón de Anses y sólo registra un pago en 05/2006. Pienso aplicar Art. 1º Ley 25321 desde 10/1993 hasta la actualidad para poder hacer el envío vía Web, pero mi duda es saber cuantos años de Declaración Jurada puedo considerar. Sería 1 año ó 7 años?. Ese pago (05/2006), aunque le aplique el beneficio del Art. 1º Ley 25321, me condiciona el cese?
Saludos a todos y muchas gracias!