colegas,no me dedico al derecho penal, pero estoy estudiando un poco el procedimiento.
Tengo una gran duda... puede el imputado negarse al reconocimiento en rueda de personas? tengo entendido que el juez puede obligarlo, pero no me queda claro el fundamento.
y relacionado con lo anterior.. si en el reconocimiento agacha la cabeza, se da vuelta, o de alguna manera trata de ocultarse... que facultades tiene el juez???
desde ya muchas gracias.
Tengo una gran duda... puede el imputado negarse al reconocimiento en rueda de personas? tengo entendido que el juez puede obligarlo, pero no me queda claro el fundamento.
y relacionado con lo anterior.. si en el reconocimiento agacha la cabeza, se da vuelta, o de alguna manera trata de ocultarse... que facultades tiene el juez???
desde ya muchas gracias.