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  • URGENTE-EJECUCION FISCAL POR DEUDA DE PATENTE

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #596494  por adryo
 
Se trata de una ejecucion fiscal por una deuda de patente de un automotor que ha sido vendido en el año 2004, período desde el cual se confroma la deuda. Además la persona demandada se encuentra fallecida desde el 2007 y la notificación del traslado de demanda dirigida al fallecido fue recibida por el encargado del edificio donde vivía el causante y donde vive actualmente uno de sus hijos. En cuanto a documntación: mi cliente tiene copia de la denuncia de venta de fecha marzo de 2004, efectudad ante el Registro Automotor y copia del boleto de compa-venta. Asimismo me informa que había recibido una citación previa, a la cual se presentó con certificado de defunción y denuncia de venta: donde le manifestaron "que se quede tranquilo", pero no se documneto. Actualmente el departamento donde vivve se encuentra en venta y la sucesión está terminada. En la contestación de demanda en calidad de heredero!!?¡?! opongo excepción de falta de legitimación pasiva!!?¡? Si tienen doctrina y jurisprudencia porfa, pasenme la info!!!
Espero comentarios, tengo que presentarla entre mañana y el viernes 2 primeras. :roll:
 #605169  por hugo16
 
en realidad es una obligacion propter rem, y como tal sigue a la cosa, lo unico que pueden hacer es embargar el bien si es que hay 1° un juicio previo, yo intentaria contactar al comprador y obligarlo a que haga la transferencia y se acoja a una moratoria.
 #607297  por adryo
 
Por las averiguaciones que hemos realizado la transferencia está hecha, de todas formas ya la conteste y hay jurisprudenica favorable que se fundamente sobre la denuncia de venta. Veremos como seguir. Muchas gracias.
 #616912  por estudioliberato
 
Hola, con la denuncia de vta y con la transferencia realizada lo que tienen q hacer es reclamarle a la persona que figura como ultimo titular registral. Evidentemente a ustedes les debe haber faltado el tramite comunal. No se como será en donde vivis, pero aca en Santa Fe, además de la transferencia (que es a nivel nacional) se debe realizar el tramite de baja comunal (provincial) para que todos los impuestos provinciales lleguen a nombre del ultimo comprador del vehiculo.-
Yo creo que presentando toda la documentacion, deberían dejar de "romperte" a vos.-
Saludos y espero que te sirva la info.-
 #771636  por mpcarlo000
 
hola gente, estoy muy preocupada y quería hacerles una consulta. Soy de provincia de Buenos Aires y hoy mi mamá recibió una notificación de un juicio sobre DECLARATORIA DE POBREZA iniciado en TRibunal Colegiado de Responsabilidad extracontractual de Primera nominación de ROsario, dirigida la notificación a mi PAPA que está fallecido desde hace 6 años.
Por lo que veo el juicio es además contra otra persona física y una cia de seguros por un supuesto accidente de tránsito que ocasionara un automóvil que estaría a nombre de mi papa.
Podría ser que el no hubiese hecho denuncia de venta ni transferencia, la verdad que no recordamos que haya tenido ese automóvil pero puede ser.
La consulta es, ¿que conviene hacer?? porque la notificación estaba dirigida a una persona fallecida, pero mi mamá la recibió.
detrás de ésto me vendrá la demanda de daños??
me conviene que no la reciba mi mammá??
me conviene presentarme denunciando el fallecimienot??
espero sus ideas y muchas gracias desde ya. Mónica
 #792916  por libertador
 
Colegas, lamento decirles que la excepcion de legitimación pasiva no ha sido útil en mi caso: acaban de condenar a mi cliente (quien vendió el vehículo y efectuó la denuncia de venta correspondiente) a abonar lo reclamado por el Fisco. Ahora bien, pregunto: se embarga y ejecuta el vehículo solamente, no? o se acciona contra los bienes del ejecutado?
 #866426  por Orate
 
Hola:
Agrego a todo lo dicho que si la denuncia de venta realizada ante el registro nacional automotor, se presenta ante la municipalidad y/o comuna emitente de la patente, no cabría reclamo por patentes posterior a dicha denuncia de venta y/o del día en que se presentó en la municipalidad.

Ahora bien iniciado el apremio contra un ex- o titular registral fallecido de un automotor, con juicio sucesorio abierto, el juzgado donde se tramita el sucesorio fucionaría como fuero de atracción en todas las causas donde el causantes es demandado.