Tengo dudas existenciales sobre el tema de honorarios, en proincia. BAsicamente es saber como es el tema, asi q pregunto directamente lo que no se:
a) si se hace un convenio de honorarios se presenta en el expte antes de la regulacion? en ese caso se cobra el mismo y si la otra parte es condenada en costas se le puede cobrar si me regulan judicilamente? Hay q inscribirlo en el colegio?
b) porq un cliente celebraria un convenio de honorarios si supiera q habiendo sido la otra parte condenada en costas, el no tendria q abonarlos?
c? en caso de ir a regulacion judicial, el procedimiento es el mismo q en capital? intimar a la condenada en costas y si no paga en 10 dias se puede ir contra el cliente?
d) si las costas son por su orden cada uno cobra a su cliente?
a) si se hace un convenio de honorarios se presenta en el expte antes de la regulacion? en ese caso se cobra el mismo y si la otra parte es condenada en costas se le puede cobrar si me regulan judicilamente? Hay q inscribirlo en el colegio?
b) porq un cliente celebraria un convenio de honorarios si supiera q habiendo sido la otra parte condenada en costas, el no tendria q abonarlos?
c? en caso de ir a regulacion judicial, el procedimiento es el mismo q en capital? intimar a la condenada en costas y si no paga en 10 dias se puede ir contra el cliente?
d) si las costas son por su orden cada uno cobra a su cliente?