Tengo un caso controvertido. El tema es asi un señor compro un inmueble, hizo sobre el mismo un boleto de compravta en el año 1996, y puede escriturar una parte del inmueble (ya q los vendedores eran 3 hermanos) y despues por temas fliares del vendedor se trabo la escrituracion, recien este año, esta todo listo para escriturar. Eñl tema es que el señor quiere escriturar a nombre de sus dos hijos. Uno de sus hijos contrajo matrimonio en el año 2006. La cuestion es el inmueble entra a bien ganancial o en bien propio. Esto ocurre en la Provincia de Buenos Aires.
Segun el codigo civil, la causa anterior o el titulo anterio justifican el bien propio, pero como esto es en Buenos aires, parece que el regimen es diferente al de Nacion y seria ganancial.
Agradeceria sus respuestas y comentarios.
Muchas gracias.
Barbara.
Segun el codigo civil, la causa anterior o el titulo anterio justifican el bien propio, pero como esto es en Buenos aires, parece que el regimen es diferente al de Nacion y seria ganancial.
Agradeceria sus respuestas y comentarios.
Muchas gracias.
Barbara.