Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Escrituracion

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #773757  por barbara27
 
Tengo un caso controvertido. El tema es asi un señor compro un inmueble, hizo sobre el mismo un boleto de compravta en el año 1996, y puede escriturar una parte del inmueble (ya q los vendedores eran 3 hermanos) y despues por temas fliares del vendedor se trabo la escrituracion, recien este año, esta todo listo para escriturar. Eñl tema es que el señor quiere escriturar a nombre de sus dos hijos. Uno de sus hijos contrajo matrimonio en el año 2006. La cuestion es el inmueble entra a bien ganancial o en bien propio. Esto ocurre en la Provincia de Buenos Aires.
Segun el codigo civil, la causa anterior o el titulo anterio justifican el bien propio, pero como esto es en Buenos aires, parece que el regimen es diferente al de Nacion y seria ganancial.
Agradeceria sus respuestas y comentarios.
Muchas gracias.
Barbara.
 #773920  por eduferry
 
Barbara es elemental el tema, es indiferente que sea en la prov. de bs.as. o en Salta por decir un lugar, ya que el regimen de ganancialidad, como todo el regimen de familia y matrimonio, está legislado en el código de fondo (civil) y no en normas de procedimientos.
Por lo tanto el tema es el mismo en cualquier punto del país.
Al estar casado el adquirente el bien ingresa a la sociedad conyugal y el día del mañana cuando se disuelva esa sociedad corresponderà el 50% a cada uno.
Quedarìa fuera de este razonamiento si la escritura de compra quedara perfectamente establecida que la compra se hizo con antelación al matrimonio, pero ojo con este tema porque por errores de redacción mas de uno perdió la mitad de los bienes.
 #773938  por drany
 
Bárbara: te recomendaría que leas el artículo 31 de la Constitución Nacional