Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DONACION CON RESERVA DE USUFRUCTUO

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #362192  por caro concepcion
 
En divorcio de comun acuerdo ambos conyuges deciden poner el inmueble asiento del hogar conyugal en donacion a sus 5 hijos con reserva de usufrutuo vitalicio del bien a la madre, la cuestion es que los hijos le tratan muy mal a la madre y le dicen que los dueños son ellos y que cuando el menor cumpla la mayoria de le van a hechar porque son los dueños de la casa (cosa que no es asi).-
El tema es siguiente: todavia no esta inscripto en el registro de la propiedad inmueble, puede la madre revocar esa donacion? Ella por mas que haya donado el inmueble a sus hijos sigue dando ordenes en la casa porque tiene la reserva de usufructuo vitalicio, no es asiiii?.-
Debe hacerse escritura pública de la donacion o el juez de familia esta habilitado de Oficiar para que moifique la titularidad registral?
GRACIAS POR RESPONDER, hay hijos tan ingratos que te hacem salir de escuadra y dudar de las cosas!!!
 #362235  por ULPIANO7
 
Hola.Te cuento basicamente como es a mi entender la cosa.
la donación de inmuebles, requiere obligatoriamente escritura pública notarial. "Donar" significa regalar. La escritura es otorgada por los donantes, en este caso los padres, y el donatario, que sería el hijo, y como cualquier transmisión de inmueble, es susceptible de inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente, a nombre del beneficiado.
Es básicamente irrevocable, de manera que una vez otorgada, el adjudicatario es, de presente y frente a todos, incluídos los padres, propietario del inmueble. Existen unas causas de revocación en el Código Civil, pero son muy pocas, y están tasadas, asi por causa de ingratitud del donatario se dan en los tres casos siguientes:
1 - Cuando el donatario ha atentado contra la vida del donante;
2 - Cuando le ha inferido injurias graves, en su persona o en su honor;
3 - Cuando le ha rehusado alimentos.

Los delitos graves contra los bienes del donante pueden, como los delitos contra su persona, motivar la revocación de la donación.
Para que los hechos del donatario contra la persona y bienes del donante den causa para la revocación de la donación deben ser moralmente imputables al donatario: pero la minoridad no puede excusarlo, cuando voluntariamente y con suficiente discernimiento, se ha hecho culpable de hechos de ingratitud contra el donante.


- Requiere el consentimiento del hijo beneficiado que debe aceptarla .En principio,La donación pura y total de un inmueble tiene, un efecto mucho más contundente que el testamento en el patrimonio de los padres, puesto que estos pierden de manera absoluta tanto la propiedad como -y esto es muchas veces trascendente- el uso del inmueble, el derecho a habitarlo. Los padres dejan de ser dueños a todos los efectos.

Sin embargo, no es preciso que los donantes pierdan de forma total el control sobre lo donado. Siempre es posible establecer una serie de cláusulas en la propia escritura de donación, para matizarla, y ajustarla a los deseos y conveniencias de aquéllos. Tenes varios tipos de donacion ;donacion con reserva de la facultad de disponer,con clausa de reversion etc.
Donación de la nuda propiedad con reserva del usufructo vitalicio: Los padres retienen el derecho de usufructo, que les permite utilizar los inmuebles, habitarlos o arrendarlos, como poseedores que son de los mismos. El hijo nudo propietario no tiene ningún derecho de uso hasta el fallecimiento de los donantes, pero sabe que en ese momento adquirirá la propiedad plena. Es muy interesante en supuestos como los de donación de la vivienda habitual de los padres: estos podrán disfrutar de la vivienda durante toda su vida, sin que nadie, ni siquiera el hijo, pueda deshauciarles, y el hijo por su parte tiene la seguridad de que en su momento tendrá todos los derechos sobre el piso, sin necesidad de formalizar la herencia de los padres.
En este tipo de donación, para vender el inmueble donado se requerirá el consentimiendo conjunto de los donantes y el donatario.
EN suma,si los padres se reservaron el usufructo lo pueden ejercer durante toda su vida.
En cuanto a la revocacion de las donaciones En terminos generales. Antes que la donación sea aceptada, el donante puede revocarla expresa o tácitamente, vendiendo, hipotecando, o dando a otros las cosas comprendidas en la donación. Pero tene en cuenta que en este caso particular se trata de hijos,cuando no se expresare a qué cuenta debe imputarse la donación, entiéndese que es hecho como un adelanto de la legítima.
Las donaciones de inmuebles, deben ser aceptadas por el donatario en la misma escritura. Si estuviese ausente, por otra escritura de aceptación.
El instrumento público no es suficiente para probar la donación, si no se probase por los medios indicados la aceptación de ella por el donatario, salvo el caso en que la donación fuese por causa de matrimonio .

AUN CUANDO NO ESTE INSCRIPTO EN EL RP LA DONACION TIENE VALIDEZ EL REGISTRO LO QUE HACE ES ACREDITAR TITULARIDAD REGISTRAL Y LA INSCRIPCION LA PUEDEN REALIZAR EN CUALQUIER MOMENTO .LO IMPORTANTE ES QUE SI LA SEÑORA SE RESERVO EL USUFRUCTO ELLO LE DA LA FACULTAD DE POR VIDA DE PERMANECER Y GOZAR DEL INMUEBLE,SUS HEREDEROS NO TENDRAN LA PROPIEDAD PLENA HASTA SU FALLECIMIENTO.LA REVOCACION COMO TE DIJE SE DA EN CASOS EXCEPCIONALES DE INGRATITUD (QUE SERIA LA CAUSAL QUE A LO MEJOR PODRIA INVOCAR)Y QUE DEBEN SER PROBADOS ACABADAMENTE.Analiza bien los detalles ¿hay escritura?¿hubo aceptacion? ¿las mortificaciones que padece la Sra pueden encuadrar en algun caso de revocaion?Todo eso lo determinas en base a los elementos con los que solo vos contas.Espero haberte orientado,saludos!
 #362247  por ULPIANO7
 
De nada .Suerte con tu caso.
 #501716  por aryela
 
Hola Ulpiano necesito que me des una mano en el siguiente tema, dos hermanos donan a sus padres un inmueble sin reserva alguna y despues de una años los padres hacen una venta simulada a esto dos hijos dejando afuera a los demas hermanos, tienen derecho el resto de los hermanos a ese inmueble haciendo una accion de simulacion y luego traerlo a colacion. los padres murieron y ese era el unico bien del acervo hereditario. Muchas gracias!!
 #501851  por ULPIANO7
 
dos hermanos donan a sus padres un inmueble sin reserva alguna y despues de una años los padres hacen una venta simulada a esto dos hijos dejando afuera a los demas hermanos, tienen derecho el resto de los hermanos a ese inmueble haciendo una accion de simulacion y luego traerlo a colacion. los padres murieron y ese era el unico bien del acervo hereditario. Muchas gracias!!
En primer lugar a quien pertenecen los bienes donados? era un bien de los padres o un bien adquirido por los dos hermanos en cuestión?
 #501947  por aryela
 
el inmueble es adquirido por los dos hermanos y luego estos se lo donan a sus padres sin reserva alguna "transfieren los derechos de propiedad inherentes al inmueble donado..."esto fue en 1980, en 1986 los padres hacen una venta simulada a los dos hijos que le habian donado el inmueble reservandose el derecho de usufructo gratuito y vitalicio del inmueble. Ahora mi duda es no les corresponde al resto de los hermanos nada de ese inmueble o sea hacer una accion de simulacion luego traerlo a colacion en la sucesion. Los padres murieron uno en el 2000 y otro en el 2006 y alli con ellos vivia una de las hermanas que ahora los hermanos quieren desalojar.Gracias
 #502329  por ULPIANO7
 
Como poder ...podés ,pero no está bien hacerlo si como entendí el inmueble es resultado del esfuerzo personal de los dos hermanos y no un bien del patrimonio sucesorio de los padres.Seguramente ,de interponer un reclamo de esa especie los dueños van a oponer la causa de adquisición de ese bien y saldrá a relucír que no era de los padres.Claro,si es que lo pueden acreditar.Saludos.
 #502643  por aryela
 
y acreditar si pueden porque hay un escritura que acredita que ellos compraron ese inmueble y luego lo donaron a sus padres, que luego estos simularon la venta porque era un bien que habian recibido por la donacion. Gracias Ulpiano!!!!
 #502967  por doctoran
 
aryela escribió:y acreditar si pueden porque hay un escritura que acredita que ellos compraron ese inmueble y luego lo donaron a sus padres, que luego estos simularon la venta porque era un bien que habian recibido por la donacion. Gracias Ulpiano!!!!
yo tengo un caso similar, en que lam adre de tres hijos simulanco una escritura de compraventa le hace una donacion ( se la regala) aun tercero, resevandose la mujer el usufructo. que pueden hacer estos hijos ya que es el unico bien que existia en el patrimonio de la mujer, ella todavia no se murio asiq no se por que accion encararlo, si por simulacion o por una querella de falsedad a la escritura ya uqe el escribano sabe del verdadero negocio. gracias si alguien me puede dar una mano
 #512390  por maguiace
 
Hola amigos del foro ! Tengo un cliente mayor de edad que vive en la casa de sus padres desde toda la vida, habiendo inclusive ayudado en su construcción.
Reside allí actualmente con su propia familia y presta apoyo fundamental en la atención de sus padres y de la casa.
Si bien aparentemente no es su deseo -ni necesidad-, la edad y el estado de salud de sus padres, y su deber moral, dió continuidad a esta situación.
Uno de sus padres se encuentra impedido física y mentalmente, y el otro exterioriza a menudo delirios autorreferentes -conducta paranoica- que no le impide desenvolverse en sociedad precisamente por las características de la patología (que no está legalmente probada).
Este último, usando un poder amplio del cónyuge, formalizó la donación de la propiedad a mi cliente, reservando el usufructo vitalicio para ambos padres, liberalidad que fué escriturada y aceptada de buena fé por mi cliente sin prever cualquier consecuencia negativa hacia sí.
En este momento -y aunque circunstanciales-, algunos cuestionamientos planteados en cuanto al derecho de usufructo lo hicieron consultarme acerca de su derecho hereditario: si bien el usufructo fué reservado para ambos cónyuges -sus padres-, ¿qué implicancias habría sobre la herencia si falleciera uno de ellos? ¿el cónyuge superviviente asume todos los bienes y derechos del fallecido? ¿el derecho de usufructo está por encima del derecho hereditario en cuanto a la parte del causante? ¿qué derechos tiene mi cliente a permanecer en caso de ser desalojado? ¿qué derechos tiene mi cliente como hijo sobre su padre superviviente en la administración de los bienes del progenitor fallecido? Es un caso que nunca había experimentado pero como ven, bastante posible de ser frecuente. Como siempre... muy agradecido por su colaboracíon.
 #749289  por josefa00
 
hola
me otorgaron una donacion en vida, sin usufructo, y esto me impide poder sacar un prestamo hipotecario
y tampoco tengo derecho a usar la propiedad a mi nombre. Que puedo hacer?
Por otra parte, mi hermano, goza de los derechos de cualquier propietario, ya que mi madre simulo una compra " a nombre de el" de una
propiedad, con su dinero. Hay algun tipo de accion legal, para q pueda igualarse mis derechos y los suyos?
Hay algun tipo de medida para impedir sigan desheredandome, fingiendo ventas y compras?
gracias
 #749345  por cristide
 
Obvio que si hizo una donación y se arrepiente puede retractarse, si es donación con reserva de usufructo se debe hacer x escritura pública y no pueden sacar de la casa a la madre, si el usufructo se extingue con la muerte de la madre, justamente x eso se hace la donación de la nuda propiedad con reserva de usufructo. Conozco casos q los padres donan la propiedad a los hijos sin reserva de usufructo y los hijos los sacan a patadas de la casa. Espero te sirva, igual te dieron muchas respuestas, saludos
 #774998  por hernandiego
 
Ulpiano 7, veo su manejo del tema y quisiera consultarlo por lo siguiente: tengo un cliente por el cual sus padres hicieron una donación con reserva de usufructo en la cual la madre, supérstite del padre vive en la casa que fue la sede del hogar familiar. La donación abarca una masa de bienes de diferentes valores (son 4 bienes inmuebles). La pregunta es, cuál sería la manera menos onerosa de poder separar esos bienes entre los dos hermanos de manera de no requerirse mutuamente para cualquier tipo de negocio jurídico que quieran encarar? La división de condominio me parece la peor de las opciones.
Hasta ahora, la aceptación se ha dado en uno solo de los bienes.
Muchas gracias.
 #782972  por SOL DE OTOí‘O
 
Ulpiano pregunto sobre el tema
En una división de una sociedad conyugal donde en el inmueble habita la madre con sus hijos menores que soluciones puedo tener para la liquidacion de la sociedad conyugal:
- que se adjudique a la madre con reserva de usufructo para ellos???[color=#FF0000](mi problema es que la madre meta otra pareja con otros hijos y los chicos de este matrimonio queden excluídos)[/color]
- que los padres le realicen una oferta de donación a los hijos para que cuando tengan la mayoría de edad la acepten???
No sé, lo que quiero es que los menores no queden deprotegidos y puedan disponer de ese bien cuando sean mayores y si llegado el caso se quieren ir a estudiar a otra ciudad
Espero alguna respuesta que me permita orientar una solución.