Estimados colegas, tengo una duda urgente:
Mi clienta inició una demanda de alimentos que tiene sentencia firme hace unos años, en Bahía Blanca.
Ahora se vino a vivir a Posadas, y quiere iniciar aumento de cuota alimentaria.
Mi duda es sobre la competencia; por las reglas generales de los incidentes, el juicio debería tramitar allá.
Pero como el alimentado se encuentra acá en Misiones, creo que es también una cuestión a tener en cuenta.
Suponiendo que lo inicio acá y me hacen lugar, ¿lo inicio como "promueve INCIDENTE de aumento de cuota alimentaria", siendo que si es un incidente debería tramitar como accesorio al juicio principal de alimentos?
¿En qué art. del Código Procesal me baso?
Desde ya, millones de gracias!!
Mi clienta inició una demanda de alimentos que tiene sentencia firme hace unos años, en Bahía Blanca.
Ahora se vino a vivir a Posadas, y quiere iniciar aumento de cuota alimentaria.
Mi duda es sobre la competencia; por las reglas generales de los incidentes, el juicio debería tramitar allá.
Pero como el alimentado se encuentra acá en Misiones, creo que es también una cuestión a tener en cuenta.
Suponiendo que lo inicio acá y me hacen lugar, ¿lo inicio como "promueve INCIDENTE de aumento de cuota alimentaria", siendo que si es un incidente debería tramitar como accesorio al juicio principal de alimentos?
¿En qué art. del Código Procesal me baso?
Desde ya, millones de gracias!!
Desde la tierra del oro verde...