Molesto con una consulta.
Tengo un cliente que en una causa de en la que se le imputa el delito de tenencia ilegal de armas de uso civil, no concurrio a la ingagatoria a la que fue citado debidamente, es posible que antes de que sea conducido por la fuerza publica (art. 150 CPP) se presente espontaneamente ante la UFI interviniente???
Muchas gracias. Saludos
Tengo un cliente que en una causa de en la que se le imputa el delito de tenencia ilegal de armas de uso civil, no concurrio a la ingagatoria a la que fue citado debidamente, es posible que antes de que sea conducido por la fuerza publica (art. 150 CPP) se presente espontaneamente ante la UFI interviniente???
Muchas gracias. Saludos