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  • INDAGATORIA: INCOMPARECENCIA INJUSTIFICADA

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 #778016  por santhiago
 
Molesto con una consulta.

Tengo un cliente que en una causa de en la que se le imputa el delito de tenencia ilegal de armas de uso civil, no concurrio a la ingagatoria a la que fue citado debidamente, es posible que antes de que sea conducido por la fuerza publica (art. 150 CPP) se presente espontaneamente ante la UFI interviniente???

Muchas gracias. Saludos
 #778027  por Gorkpa
 
Buen dia santhiago...
Es posible.
Para ello seria prudente ver antes el expediente, circunstancias del desarrollo del acontecimiento, etc, etc. Si no ha observado el expediente seria provechoso esto, ya que aparte de los planteos de su cliente, tendria Ud. un panorama mas preciso.
Convendria uno como profesional, presentarse en la UFI interviniente (luego de ver el exped) y convenir una fecha para la presentacion junto a su cliente si es que asume la defensa tecnica del mismo.
 #778031  por santhiago
 
Muchas gracias por la respuesta Gorkpa, al Expte. ya lo vi; se origina porque a la persona le realizan un allanamiento en la casa por otros motivos, y entre los objeto secuestrados, hay una carabina 22, que la tenia porque era del padre, ante ese secuetro se forma una causa penal por tenencia ilegal de arma de uso civil, y se ordenan pericias sobre el arma, las que determinan que esta funciona perfectamente, ante lo cual se resulve recibirle declaracion indagatoria, se lo cita y no concurre; ante ello se lo hara concurrir por la fuerza publica (art. 150 CPP); para evitar esta situacion seria conveniente que antes que ello ocurra se presente espontaneamente a la UFI interviniente???

Saludos y nuevamente gracias por la repuesta.-
 #778072  por Gorkpa
 
Estimado santhiago...
Sin analizar los motivos del allanamiento, la circunstancia por la cual esta pasando su cliente es algo comun.
Se toma conciencia de la responsabilidad sobre un arma cuando suceden acontecimientos como por el Ud narrado o similar.
No deberian existir inconvenientes con relacion al armamento y su tenencia circunstancial... esto es ya que eventualmente el padre de su cliente tendria que haber denunciado la compra al momento de su adquisicion y contar con documentacion a nombre del mismo.
Si es asi, al momento de prestar indagatoria deberia llevar la documentacion que asi lo avale. Caso contrario mencionar que el arma era propiedad de su padre y demas circunstancias que de alguna manera demuestren ese tema; algun familiar, etc etc; seguramente Ud vera como diagramar ese asunto.
La documentacion que tendria que tener el padre es credencial de legitimo usuario, credencial de tenencia del arma, credencial compra de municiones.
Un saludo cordial.
 #778074  por Gorkpa
 
Otro si digo...
Consulte con su cliente si cuenta con permisos de caza otorgados al padre, fotos familiares de alguna salida de caza donde se vea el arma y al padre, etc. De alguna manera eso ayudara a dar una idea general del "origen" del armamento.
 #778079  por santhiago
 
Estimado Gorkpa:

Lo que sucede, es que el arma no tiene ningun papel, es muy vieja, mi cliente la tenia solo por el valor afectivo de haber pertenecido a su padre fallecido, mas creia que no funcionaba, pero la pericia determino que funciona, y por eso lo procesaron. Pregunto es conveniente que mi cliente se presente expontaneamente antes que dispongan su comparendo por la fuerza publica???

Muy amable. Saludos