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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #779064  por carloscapital
 
estimados estoy trabado con un caso con un SICAM donde mi cliente realizó una moratoria al amparo de la ley 25865 la cual abonó completamente y además de ello figura cancelada, el plam es del año 2004 por períodos autonomo y MT de 2001 y 2002; cuando hago el SICAM me sale deuda por esos períodos que debo hacer?
El Sicam y acompañar las impresiones del plan hecho y abonado
o
Algún trámite en AFIP?

Si me pudieran orientar les agradeceré infinitamente.
 #779070  por MDQ08
 
Estimado carloscapital, yo tengo un caso similar e hice una consulta al foro y me respondieron efectivamente eso. Acompañar el plan cancelado al turno y que los períodos incluidos en dicho plan aparecen con deuda igualmente en detalle de deuda.

Espero te sirva el comentario.
Suerte y saludos
 #779083  por carloscapital
 
MUCHAS GRACIAS POR TU PRONTA RESPUESTA, ES EL PRIMER CASO DE ESTE TIPO QUE TENGO, EN LOS QUE SE HACEN LOS PLANES BAJO MIS FACILIADES HAY UNA CIRCULAR, PERO ACA LA VERDAD QUE NO ENCONTRE NADA AL RESPECTO
 #779274  por nadug
 
Si, hoy llame a AFIP y me respondieron lo siguiente:
Si existe deuda posterior a setiembre de 1993, las cuotas del plan 25865 se reimputan a los periodos adeudados a partir de esa fecha (comenzando por el más antiguo hasta el mas nuevo). Si queda saldo a favot del cliente, en el SICAM II te permiten tomartelo como pago a cuenta de la deuda regularizada por moratoria (es decir, deuda hasta 09/93).

Espero haber sido de ayuda. Saludos!
 #779922  por lucky
 
Tuve un caso igual y, si te sirve mi experiencia, llevé todas las impresiones de que el plan estaba cancelado y los pagos efectuados. Pero no hizo falta porque me dijeron que ellos mismos se fijaban si en pantalla estaba cancelado y los períodos imputados a los pagos. Aclaro que fue en Udai Pacífico ya hace un tiempo, y no sé si todas proceden del mismo modo.
 #780323  por FRALA
 
Tuve un caso igual y ellos mismos verifican si esta cancelada la moratoria, en UDAI San Martin. En el sicam incluis ese periodo y te da con deuda, si los periodos coinciden con la moratoria no tenes problemas. Espero te sirva, saludos
 #780458  por arielruiz86
 
lucky escribió:Tuve un caso igual y, si te sirve mi experiencia, llevé todas las impresiones de que el plan estaba cancelado y los pagos efectuados. Pero no hizo falta porque me dijeron que ellos mismos se fijaban si en pantalla estaba cancelado y los períodos imputados a los pagos. Aclaro que fue en Udai Pacífico ya hace un tiempo, y no sé si todas proceden del mismo modo.
Esto no hace mas que corroborar que no es necesario llevar todos los comprobantes o constancias de pagos ya sea de viejas moratorias o de deuda de autonomos mientras figuren en el sicam (punto 3 de la circular GP 49/10 PAGOS REGISTRADO EN EL SICAM, SU VALIDEZ)