COLEGAS, necesito que me aconsejen sobre la situación que les paso a contar:
Tengo un cliente con 4 meses de SDM (09/2001 al 12/2001) al que le salió favorable la jubilación (04); le llegó la carta con la liquidación para cobrar y en mayo de 2011, cuando se presenta para el cobro, le retienen los aportes y envian su expte a Coord. Rev. Prest. Pasivas. Desde mayo hasta la fecha la única respuesta es que la verificación es dudosa y que se debe realizar nueva verificación (si bien nunca lo fueron a verificar), tanto a él como al dador de trabajo. La realidad es que existe superposición de dador de trabajo, ya que el mismo dador le dió trabajo a un anterior beneficiario con 3 meses de SDM (10/2001 al 12/2001), que en la actualidad sigue cobrando su jubilación, aunque el expte. también lo giraron a Coord. Rev. Prest. Pasivas un mes después, es decir en junio de 2011.
Mi pregunta es la siguiente: cuando hagan las verificaciones se va a demostrar una clara superposición del dador de trabajo, que es el motivo de la suspensión y retención del cobro de mi cliente, en ese caso ¿qué es conveniente hacer, decir que hubo un error en los aportes o mantener las fechas imputadas y declaradas? y ¿cuáles son las consecuencias para los beneficiarios, si bien uno está cobrando normalmente?. Realmente no se que hacer. Desde ya muchas gracias.-
Tengo un cliente con 4 meses de SDM (09/2001 al 12/2001) al que le salió favorable la jubilación (04); le llegó la carta con la liquidación para cobrar y en mayo de 2011, cuando se presenta para el cobro, le retienen los aportes y envian su expte a Coord. Rev. Prest. Pasivas. Desde mayo hasta la fecha la única respuesta es que la verificación es dudosa y que se debe realizar nueva verificación (si bien nunca lo fueron a verificar), tanto a él como al dador de trabajo. La realidad es que existe superposición de dador de trabajo, ya que el mismo dador le dió trabajo a un anterior beneficiario con 3 meses de SDM (10/2001 al 12/2001), que en la actualidad sigue cobrando su jubilación, aunque el expte. también lo giraron a Coord. Rev. Prest. Pasivas un mes después, es decir en junio de 2011.
Mi pregunta es la siguiente: cuando hagan las verificaciones se va a demostrar una clara superposición del dador de trabajo, que es el motivo de la suspensión y retención del cobro de mi cliente, en ese caso ¿qué es conveniente hacer, decir que hubo un error en los aportes o mantener las fechas imputadas y declaradas? y ¿cuáles son las consecuencias para los beneficiarios, si bien uno está cobrando normalmente?. Realmente no se que hacer. Desde ya muchas gracias.-
