Buenos días!
Como saber que cosas se notifican al domicilio real?
El articulo 135 habla de la notificación por cédula, pero en este caso siempre es al real o al constituído?
Entiendo que una vez constituido el domicilio en el expediente, todas las resoluciones se notifican allí.-
Tengo que notificar un cambio de domicilio, lo hago al constituido entonces?
Gracias por su tiempo!
Como saber que cosas se notifican al domicilio real?
El articulo 135 habla de la notificación por cédula, pero en este caso siempre es al real o al constituído?
Entiendo que una vez constituido el domicilio en el expediente, todas las resoluciones se notifican allí.-
Tengo que notificar un cambio de domicilio, lo hago al constituido entonces?
Gracias por su tiempo!