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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #781279  por valepau
 
Hola, les hago una consulta, tgo el caso de una sra de 70 años que tiene 20 años de aportes, es decir, le faltan 10 años de aportes para jubilarse, ella esta muy sana y quiere seguir trabajando un par de años mas, pero le mandaron una carta del trabajo intimandola para que en el plazo de un año tramite su jubilacion. Es legal esto? la pueden obligar a que se jubile si le faltan años de aportes?. si bien puede regularizar la situacion a traves de una moratoria que pasa si ella no tiene el dinero para pagar dicha moratoria?
 #781315  por Emma2011
 
valepau escribió:Hola, les hago una consulta, tgo el caso de una sra de 70 años que tiene 20 años de aportes, es decir, le faltan 10 años de aportes para jubilarse, ella esta muy sana y quiere seguir trabajando un par de años mas, pero le mandaron una carta del trabajo intimandola para que en el plazo de un año tramite su jubilacion. Es legal esto? la pueden obligar a que se jubile si le faltan años de aportes?. si bien puede regularizar la situacion a traves de una moratoria que pasa si ella no tiene el dinero para pagar dicha moratoria?
El emplazamiento esta contemplado en el art.252 de la ley de contrato de trabajo, pero es viable siempre que tenga 30 años de aportes y 60 de edad, si la sra no tiene los años de aportes,no la pueden obligar a jubilarse, pero para que el emplazamiento no prospere, tendra que mandar tu clienta un telegrama (es gratuito) rechazando en emplazamiento en virtud de no reunir los requisitos para jubilarse, es decir no contar con los 30 años de aportes.
No obstante que rechace el emplazamiento, si tiene 70 y le faltan 10 años, es duro seguir trabajando hasta los 80...la moratoria salvo que tenga otro beneficio no la tendria que abonar de contado.
Comentanos algo mas...
 #781320  por Gabysilvi
 
Hola! Si esta persona tiene 70 años y 20 años de aportes. Tiene 5 años de excedencia por lo tanto solo tendrías que hacer la moratoria de 5 años, q la primer cuota debe ser baja.
La Sra puede seguir trabajando si quiere desp de presentar los papeles.
Espero q te sirva mi ayuda..
 #781361  por valepau
 
Muchisimas gracias, obviamente y como siempre me sirve mucho lo que me aconsejan. Gracias
 #781364  por valepau
 
Me quedo otra duda, ella recibe una pension por el esposo fallecido, si decide hacer la moratoria no la perjudica en nada esta pension?
 #781365  por maia2011
 
no, pero la moratoria de 5 años, tiene que pagarla al contado, porque tiene una pensión.
 #781390  por diegomdp
 
JackieChiles escribió:creo que con 70 puede jubilarse por edad avanzada
la edad avanzada es incompatible con una pension.
y como dice emma debe rechazar la carta doc y si la hechan deberan pagarle la indemnizacion por despido correspondiente, porque tene en cuenta que si la metes en moratoria y encima con solo 25 años entre pc y pap el haber va a ser bastante reducido
 #781464  por arielruiz86
 
De todos modos esos 5 años de moratoria que tendrian que comprarle no le reduciria mucho el haber que cobraria al fin y cabo, serán $50 o $60 en cuotas o $3000/4000 de contado.
 #781472  por molinag
 
Aca no tendriamos que expresarnos soluciones o sobre montos, sino sobre derecho...Le corresponde indemnizacion del 252 si no reune los requisitos y le rescinden contrato..que conteste la CD
 #781574  por valepau
 
Ariel a ella le calcularon mas o menos que tenia que abonar al contado (porque recibe ademas una pension) 8500 pesos aproximadamente.
 #781760  por arielruiz86
 
Me parece mucho lo que le calcularon. Tiene 70 años de edad, con un exceso de 10 años dividido en 2 son 5 años a favor mas los 20 que tiene hace un total de 25 años, es decir le estan faltando solo 5 años que habria que comprarlo con la actual moratoria en la categoria mas economica tipo costurera y para mi no son mas de 4000.
 #782009  por diegomdp
 
sigo concordando con molinag y emma contesten la carta doc, no corresponde la intimacion y no le arruinen el futuro haber previsional a la sra, despues se quejan si la gente le saca los tramites o no le quiere pagar porque fueron a consultar a otro y le informaron del perjuicio economico que le habian ocasionado.
 #782036  por arielruiz86
 
Seguro que es asi, es lo correcto legalmente tanto por derecho como por obligación para ambas partes, pero es bueno que sepa tambien la forista o el cliente en todo caso las alternativas que hay de jubilarse ante de tiempo con su pros y contras porsupuesto que lo foristas profesionalmente remarcaron, pero recordemos que la sra ya tiene 70 años y tal vez ya no este en condiciones de seguir trabajando y pueda que quieran llegar a un acuerdo justo para ambos mas alla de lo que establece la ley, como por ej sustituir la indemnización por el pago de contado de la deuda por parte del empleador.