y una ultima pregunta hugo
continuando lo que te pregunte por la pension graciable
esta señora le dieron la graciable bajo la ley 24.764
que no es incompatible con cualquier beneficio
el tema es que esta señora va a pagar la moratoria de contado para mantener los 2 beneficios
(la graciable y la pension por fallecimiento)
en el formulario de la ddjj sobre la eventual percepcion de prestaciones en prov......o fuerzas armadas... o de seg.,,.
hay que aclarar si el titular percibe una pension graciable o no contributiva provincial o municipal y menciona la ley 24.476
esta señora la tiene bajo la ley 24.764 (distinta) ademas es nacional
y en su art. 44 dispone
Las pensiones que se otorguen por la presente ley, serán compatibles con cualquier ingreso que pudieran percibir sus beneficiarios excepto el instituido por la ley 13.478 artículo 9° y sus modificaciones
la pregunta es
tengo que aclarar que si la percibe o pongo todo que no?
la p