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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #781895  por alejandra01
 
Hola chicos. la verdad, hoy tuve que dar de baja un sicam que liquidé en octubre, porque me dí cuenta de que no agregué un período pago en tiempo y forma que la señora tenía de sdm.
El tema es que toco el sicam 1 y reliquido surgirán nuevos intereses y tendré que ir de nuevo a un pago fácil por centavos.
La pregunta es: puedo usar el sicam 2 para ampliar con ese período que me olvidé de cargar?. de ésta manera evito tocar el sicam 1, no pierdo el retro y no debería reliquidar el sicam 1.
Espero que entiendan...gracias.
 #781899  por arielruiz86
 
Hola alejandra, en el sicam 2 no esta la actividad del SDM, solo en el 1.
 #781900  por alejandra01
 
tenés razón. Algo se me estaba escapando y no daba con qué, pero no quería tocar mi sicam sin consultar.
Deducía que como no estaba en el puc no tenía obligación de hacerlo en sicam 1, pero algo sospechaba que me estaba olvidando...Encima no encuentro a arandu..MENOS MAL QUE ESTAS POR ACÁ!!!!!..
y bueno...a veces estamos con tantas cosas que pasa...espero que en el pago fácil me tengan paciencia... :lol:
gracias!!!!