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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #782038  por diegomdp
 
arielruiz86 escribió:Seguro que es asi, es lo correcto legalmente tanto por derecho como por obligación para ambas partes, pero es bueno que sepa tambien la forista o el cliente en todo caso las alternativas que hay de jubilarse ante de tiempo con su pros y contras porsupuesto que lo foristas profesionalmente remarcaron, pero recordemos que la sra ya tiene 70 años y tal vez ya no este en condiciones de seguir trabajando y pueda que quieran llegar a un acuerdo justo para ambos mas alla de lo que establece la ley, como por ej sustituir la indemnización por el pago de contado de la deuda por parte del empleador.

estoy de acuerdo ariel hay que darles las alternativas y que el cliente elija, peor no es correcto decir que la unica diferencia son 60 pesos que va a cobrar de menos porque es el descuento de la moratoria, eso es incorrecto, porque el promedio de remuneraciones al meterle 5 años de autonomo baja mucho y si a eso le sumas que solo va a tener 25 años entre pc y pap su haber va a disminuir muchisimo comparado a su haber en actividad, con lo que si a una persona le decis ud cobra esto y va a cobrar esto es raro que te lo acepte, lo que pasa qeu casi nadie le hace el calculo, primero porque es trabajo extra y que lleva tiempo y segundo porque calculo que el 90 porciento de los que hacen jubialciones no saben como se hace un calculo, entonces rara vez la persona tiene todos los elementos sobre la mesa para tomar una decision con toda la informacion disponible.
saludos
 #782173  por arielruiz86
 
Si pero los 5 años que le estarían comprando con la moratoria no entraría en el calculo del promedio de los ultimos 10 porque la sra esta en actividad.
 #782194  por dramereu
 
Es simple, si no reune los requisitos no la pueden obligar a jubilarse, tienen que esperar esos 5 años, entonces no ve perjudicado su haber... para mi tienen que esperar 5 años, los empleadores se tiraron un lance a ver si cae y se jubila, quizás tenga mucha antigüedad y quieren zafar indemnización... en una negociación que paguen sólo esos 5 años no se si le conviene a la señora, habría que ver antigüedad y salario para mi esconde algo detrás, si la señora está capacitada para seguir trabajando y quieren despedirla 245.


Saludos.
 #782239  por diegomdp
 
arielruiz86 escribió:Si pero los 5 años que le estarían comprando con la moratoria no entraría en el calculo del promedio de los ultimos 10 porque la sra esta en actividad.
estas equivocado lee bien al art 24 de la 24241 reglamentado por el decreto 679/95 cuando el calculo es mixto se toman los 10 años de rel de dep o los que fueran si son menos de 10 y todo el periodo autonomo.

consejo no te metas con tema calculo sino lo dominas de taquito porque tev a a dar mas de un dolor de cabeza, a mi me costo aprenderlo y gracias a chequear mil calculos por el tema de reajustes
 #782261  por dramereu
 
diegomdp escribió:
arielruiz86 escribió:Si pero los 5 años que le estarían comprando con la moratoria no entraría en el calculo del promedio de los ultimos 10 porque la sra esta en actividad.
estas equivocado lee bien al art 24 de la 24241 reglamentado por el decreto 679/95 cuando el calculo es mixto se toman los 10 años de rel de dep o los que fueran si son menos de 10 y todo el periodo autonomo.

consejo no te metas con tema calculo sino lo dominas de taquito porque tev a a dar mas de un dolor de cabeza, a mi me costo aprenderlo y gracias a chequear mil calculos por el tema de reajustes

Cómo es? que no entendí y quiero saberlo.....mil gracias.
 #782301  por Emma2011
 
Cuando los aportes son mixtos se calculan por separado el promedio de las remuneraciones en rel,de dep. y el promedio de los montos o rentas de las categorías de la actividad autónoma...etc...
lean las normas que les indico diego.