Corresponde continuar el reajuste.
Lo interesante de esta situación es que no hay traslado de demanda por tanto podemos ampliar con todos los antecedentes existentes.
Respecto a la caducidad corresponden las reglas del 310 y 311 del CPCCN.
Teniendo presente que en la causa NO se ha decretado caducidad alguna, si ampliamos la demanda, adjuntamos TODA LA DOCUMENTAL EN BASE AL CRITERIO DEL JUZGADO (Poder judicial, Bono, copias certificadas, reclamo original, denegatoria, rub f9, etc.) y en un solo escrito damos la posibilidad al juzgado a que produzca el traslado de la demanda, entendemos que no recaerá caducidad alguna. Antes de presentar nada, primero debemos tener bien claro la documental que exige el juzgado, de esta manera demostramos interes legitimo en continuar con el proceso.
En caso de caducidad y según la fecha del 2007, no se si es mejor reiniciarlo, aunque perdemos el retroactivo, podremos reclamar en forma mas ordenada los antecedentes badaro y elliff.
Si queremos continuarlo en caso de decreto de caducidad, debemos solictar la revocatoria y apelacion en subsidio, luego perder una año en la camara esperando que reviertan la situacion.
saludos