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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #784736  por claudiamv
 
Hola foristas una consulta , me vino a ver una persona que inicio reajuste en el 2007 con una abogada, el expediente fue recepcionado pero le reclamaban a la letrada que no tenia matricula en capital, y ahi quedo con ese ultimo proveido lo archivaron. Puedo yo seguirlo sin problemas obvio como nueva letrada, no esta prescripta la accion verdad. <Gracias
 #784809  por markello
 
Corresponde continuar el reajuste.

Lo interesante de esta situación es que no hay traslado de demanda por tanto podemos ampliar con todos los antecedentes existentes.

Respecto a la caducidad corresponden las reglas del 310 y 311 del CPCCN.

Teniendo presente que en la causa NO se ha decretado caducidad alguna, si ampliamos la demanda, adjuntamos TODA LA DOCUMENTAL EN BASE AL CRITERIO DEL JUZGADO (Poder judicial, Bono, copias certificadas, reclamo original, denegatoria, rub f9, etc.) y en un solo escrito damos la posibilidad al juzgado a que produzca el traslado de la demanda, entendemos que no recaerá caducidad alguna. Antes de presentar nada, primero debemos tener bien claro la documental que exige el juzgado, de esta manera demostramos interes legitimo en continuar con el proceso.

En caso de caducidad y según la fecha del 2007, no se si es mejor reiniciarlo, aunque perdemos el retroactivo, podremos reclamar en forma mas ordenada los antecedentes badaro y elliff.

Si queremos continuarlo en caso de decreto de caducidad, debemos solictar la revocatoria y apelacion en subsidio, luego perder una año en la camara esperando que reviertan la situacion.

saludos
 #785075  por claudiamv
 
Muchas gracias por tu respuesta a ver si entendi lo primero que tengo que hacer es un escrito solicitando el desarchivo verdad? para saber bien si se corrio traslado , en ese mismo escrtio ya presento la ampliacion de la demanda??. A parte de todo esto es mi primer reajuste perdon si te hago preguntas obvio.
 #785643  por markello
 
Primero perseguir el desarchivo, una vez puesto en letra adjuntar TODA LA DOCUMENTAL que necesita el juzgado para dar inmediato traslado de la demanda.

Debemos demostrar el verdadero interes en la continuación de la litis evitando la posibilidad de valoracion de la caducidad de instancia o nuevo archivo de las actuaciones.

Cualquier omision, nueva demora, incumplimiento de documental respaldatoria y todo aquello que hemos mencionado en este post, puede llevar a la conclusión del juzgado la falta de interes en la prosecución de la acción procesal, vencidos los plazos y metodologia establecido por el art 310 y 311 del CPCCN pueden actuar en consecuencia.

saludos