Buenas tardes, les escribo porque me preguntaron por un caso medio complicado...
El señor quiere saber si se puede pensionar de su mujer que fallecio en 1995, ella nunca tuvo aportes y fallecio a los 52 años, el marido (señor que quere la pension) cobra la jubilacion minima, y ademas nunca se casaron, vivieron 25 años juntos, tuvieron 4 hijos pero nunca formalizaron... mis dudas son las siguientes:
- Por lo que lei en otros foros el tema de la convivencia se soluciona con pruebas, asi que ahí no tendria muchas dudas.
- Mi duda puntual es si se puede hacer una pension de alguien q nunca aporto, y que cuando fallecio no estaba jubilada, no se si me explico, la idea es ver si se puede ap`licar la 24476 a la fallecida comprando los 30 años, para q su marido pueda cobrar la pension....
- Otra cosa es si debo aplicar la proporcionalidad de años de aportes del decreto 490, por el tema de la que señora fallecio a los 52 años...
- Y por ultimo como la señora fallecio antes de la 884, segun mi criterio se podria pagar en cuotas la moratoria... estoy en lo correcto???
Por favor si alguien tuvo algun caso similar o conoce del tema le agadeceria su ayuda porque estoy nula con este caso y ni siquiera se responderle al señor si puede o no....
Gracias y disculpen las molestias.
El señor quiere saber si se puede pensionar de su mujer que fallecio en 1995, ella nunca tuvo aportes y fallecio a los 52 años, el marido (señor que quere la pension) cobra la jubilacion minima, y ademas nunca se casaron, vivieron 25 años juntos, tuvieron 4 hijos pero nunca formalizaron... mis dudas son las siguientes:
- Por lo que lei en otros foros el tema de la convivencia se soluciona con pruebas, asi que ahí no tendria muchas dudas.
- Mi duda puntual es si se puede hacer una pension de alguien q nunca aporto, y que cuando fallecio no estaba jubilada, no se si me explico, la idea es ver si se puede ap`licar la 24476 a la fallecida comprando los 30 años, para q su marido pueda cobrar la pension....
- Otra cosa es si debo aplicar la proporcionalidad de años de aportes del decreto 490, por el tema de la que señora fallecio a los 52 años...
- Y por ultimo como la señora fallecio antes de la 884, segun mi criterio se podria pagar en cuotas la moratoria... estoy en lo correcto???
Por favor si alguien tuvo algun caso similar o conoce del tema le agadeceria su ayuda porque estoy nula con este caso y ni siquiera se responderle al señor si puede o no....
Gracias y disculpen las molestias.
