rachelcba escribió:Hola gente del foro, les cuento que hoy fui a jurídica de ANSeS (en Córdoba), a hacer unas consultas y me comunicaron las últimas novedades: las sentencias de reajustes que estén firmes con actor fallecido, se pagan a los herederos presentando declaratoria, ya no le pagan más a la viuda y/o heredero con derecho a pensión. No me dieron los fundamentos, tampoco me supieron decir cuál es el criterio que van a aplicar para el pago del retroactivo, nada, sólo me dijeron que esas son las buenas nuevas. Saludos !
podría ser que distingann si falleció
durante el proceso o
después del mismo??
digo, porque en el segundo caso se justificaría -a lo mejor- más que en el primer caso, si el juez los tiene por continuadores del proceso, poco y nada podrían decir...
igual, me parece absurdo, sería lo mismo que exigirles a quienes tienen pensiones derivadas hacer la declaratoria previo reclamo de reajustes, es una exigencia que ni ellos mismos tienen al momento de otorgar la pensión y me parece totalmente discutible.-
si fallece
después de la sentencia firme, podría ocurrir que
el retroactivo generado hasta el momento de la muerte se tome como parte del acervo hereditario, en consecuencia podría exigirse -aunque repito, hay que ver- la declaratoria para que se pague ese retro no sólo a quién tiene derecho de pensión, sino a todos los herederos forzosos.-
y luego calcular la diferencia entre el haber reajustado
desde el momento del fallecimiento y hsta el efectivo pago para pagarle sí a los continuadores del beneficio, no sé si me explico...
son pensamientos en voz alta, no sé qué opinan!
saludoss