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  • Intereses Serv Dom. Se calculan sobre $ 12 o sobre $20 ???

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #786795  por LAURAN
 
Estoy confeccionando los F102/B y F575/B para efectuar los pagos que estamos declarando como Serv Dom. Los intereses para cada uno de los Formularios los estoy calculando en el link "cálculo de intereses" de AFIP poniendo como fecha de vencimiento el día 10 del mes siguiente al que estoy pagando y como fecha de pago el dia 22/11/2011 que es el dia que pensamos ir a pagar (vamos a pagar capital e interes en la misma fecha)
Los intereses del F575/B los calculo sobre $ 23. pero mi gran duda se presenta con los intereses del 102/B que no se si calcularlos por $12 o por $20!!
Si los calculo por $12 el interes me coincide perfecto con el detalle de deuda del SICAM pero por ahi lei que si los calculo así cuando se acrediten los pagos me va a seguir figurando deuda. Me confunde.
La pregunta puntual: Los calculo sobre $ 12.- o sobre $20.-?
Gracias!
 #786798  por exjefe
 
LAURAN escribió:Estoy confeccionando los F102/B y F575/B para efectuar los pagos que estamos declarando como Serv Dom. Los intereses para cada uno de los Formularios los estoy calculando en el link "cálculo de intereses" de AFIP poniendo como fecha de vencimiento el día 10 del mes siguiente al que estoy pagando y como fecha de pago el dia 22/11/2011 que es el dia que pensamos ir a pagar (vamos a pagar capital e interes en la misma fecha)
Los intereses del F575/B los calculo sobre $ 23. pero mi gran duda se presenta con los intereses del 102/B que no se si calcularlos por $12 o por $20!!
Si los calculo por $12 el interes me coincide perfecto con el detalle de deuda del SICAM pero por ahi lei que si los calculo así cuando se acrediten los pagos me va a seguir figurando deuda. Me confunde.
La pregunta puntual: Los calculo sobre $ 12.- o sobre $20.-?
Gracias!
Hola.
El calculo se hace sobre $ 35.
Yo deposito con 102b $ 20., con 575b $ 23 y por separado con 575b los intereses.
Saludos.
 #786804  por noemiadriana
 
Los intereses se pagan en el 102 sobre $ 20 y en el 575 sobre $ 23, esta es la forma correcta, al de $ 20 si vas a volver a liquidar y queres que te deuda 0 agregale siempre algunos centavos de mas, en las UDAI de Córdoba, enviamos el sicam y depués pagamos, tiene que coincidir el detalle de pagos con el detalle de deuda.
 #786820  por exjefe
 
Hola.
yo uso el F.575 para los intereses que surgen en el SICAM y te explicó xq': si los hago con el F.102 x los $12 previsionales, no me los va tomar todo con ese destino xq' el sistema está preparado para subdividir el importe para lo previsional y para lo de la obra social.
La misma AFIP en sus preguntas frecuentes te señala que cuando usás el F.102 debés pagar s/los $20 p/aplicar a quien corresponda (fijate en RG. AFIP 2848/10 y ANSES 466/10), pero el SICAM solo está calculando sobre la parte previsional.
. Por ello aconsejo pagar esos intereses del SDM resultantes del detalle de deuda del Sicam solo con el formulario 575 dado que se imputaria todo y exclusivamente al componente previsional
Saludos.
 #786893  por MARIO1943
 
EL QUE HACE SERVICIO DOMESTICO, TIENEN QUE CERRAR TODOS LOS FRENTES POSIBLES, PARA QUE LOS MISMOS NO SALGAN DENEGADOS,LOS INTERESES SE PAGAN DE ACUERDO A LA CIRCULARES AL RESPECTO
SI PAGO CAPITAL CON F. 102 Y F. 575 , LOS INTERESES S E PAGAN EN LOS MISMOS FORMULARIOS, LAS CIRCULARES AL RESPETO SON MAS QUE CLARA ,DESDE CUANDO EL TRABAJADOR PAGAN LOS INTERESES QUE LE CORRESPONDE AL DADOR, SI ESTO OCURRE ES PORQUE LA PLATA SALE D E UN SOLO BOLSILLO QUE ES DEL TRABAJADOR , LO QUE DEMUESTRA QUE EL DADOR NO EXISTE, VAMOS A VER QUE LE DICE EL EMPLEADOR CUANDO SEA VERIFICADO PORQUE EL NO PAGO LOS INTERESES QUE LE CORRESPONDE, YA QUE LOAS TUVO QUE PAGAR SU EMPLEADA, YO SI SOY VERIFICADOR SE LA DENIEGO , POR OTRO LADO EL CUENTA CORRIENTE SALE CON DEUDA ANTE LA AFIP SI SE PAGA SOLO CON EL F.575
 #786899  por jarocho
 
Creo que esta tan sensible el SDM que es temerario arriesgar pagando solo lo que sale por Sicam y con un solo formulario los intereses, la instruccion AFIP/ANSES es terminante, hubo aprobadas con ese formato de menos pago, las he tenido, no las revisaran ? a partir de toda la secuencia de complementarias, estuvo claro el juego denegatorio, no demos motivos, concentremos energias en dador apto y mejores vecinos
 #786901  por LAURAN
 
Entonces, si no entiendo mal, lo mas seguro es pagar capital e interes en cada formulario.
Voy a pagar un poco mas de interés de lo que dice el SICAM pero es un poco más prolijo a los ojos del verificador.
 #786914  por jarocho
 
Si, es la prolijidad inicial aunque salga mas caro, no sale leyenda de que la obligacion ha sido satisfecha solo por el trabajador, circunstancia que toma el sistema para ordenar verificacion al 2º dia, pone en boca del verificador preguntas capciosas al dador sobre esos intereses impagos quien se va a poner a titubear porque si esta haciendo un favor se convierte en deudor, puede caer en grupos de control si no se ordeno la verificacion o retencion del primer pago.-
El foco del problema estara en dador y vecinos, tareas y domimicilios, ambito familiar, nada de oficina o consultorio, no pisar los limites horarios y semanales, ni hablar de familiares aunque tengan otro apellido, lo que el dador oculta lo revela el vecino inocentemente cuando le preguntan si conoce al trabajador.....etc.porque nos vamos a agregar otro problema de aportes mal ingresados ? los vamos a pagar a reclamo con capitalizables tambien ?
SDM es posible, solo que merece adecuada preparacion, no dejar cabos sueltos, no dar motivos de rechazo
 #786934  por arielruiz86
 
Nadie discute la forma correcta de pagar los intereses del SDM como ordena la normativa, pero nadie explica como se paga en el caso de que el dador solo ha venido pagando el capital fuera de termino o extemporaneamente y le ha quedado el interes correspondiente a la contribución del form 102 que como bien sabemos este redistribuye un % a la obra social y otro % al componente previsional, entonces si hay supongamos $3 de interes resarcitorio resultante del form 102 se deberá pagar un % mayor de interes con este mismo form (3/0.6 = 5) de tal modo que luego de esa redistribución que hace el form 102 se cubra finalmente los $3 adeudados de interes resarcitorio del componente previsional, sin olvidar que igual razonamiento habrá que hacer para cubrir correctamente los intereses capitalizables.