Hola colegas!
Los molesto porque tengo una duda.
En una regulación judicial a cargo de la contraria, acorde que el pago de mis honorarios se haría en cuotas (3). Dic., enero y febrero.
Estoy en Pcia de Bs As. Mi pregunta puntual es: cuando pago los aportes y los ingresos brutos? Cuando termino de percibir? que es en definitiva cuando le hago la factura a la persona por el total?
No quiero tener lio con los intereses, y la verdad nunca lo entendí !!
Gracias!
Los molesto porque tengo una duda.
En una regulación judicial a cargo de la contraria, acorde que el pago de mis honorarios se haría en cuotas (3). Dic., enero y febrero.
Estoy en Pcia de Bs As. Mi pregunta puntual es: cuando pago los aportes y los ingresos brutos? Cuando termino de percibir? que es en definitiva cuando le hago la factura a la persona por el total?
No quiero tener lio con los intereses, y la verdad nunca lo entendí !!
Gracias!