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  • Prescripción de honorarios

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #783844  por drameu
 
Hola mi consulta es la siguiente: en una sucesion hay regulación de honorarios , no se notificó con trascripción del art. 54 de la ley de honorarios, para que se consideren prescriptos igualemente deben pasar los 10 años, aunque no este notificado con este art.??? muchas gracias
 #784033  por ISABEL5
 
drameu escribió:Hola mi consulta es la siguiente: en una sucesion hay regulación de honorarios , no se notificó con trascripción del art. 54 de la ley de honorarios, para que se consideren prescriptos igualemente deben pasar los 10 años, aunque no este notificado con este art.??? muchas gracias
hOLA. No creo que la ley se refiere al computo desde la notificación, sino desde la regulación. Si no estaba notificada con el artículo es nula (no se si se considera de oficio, o debe ser a petición de parte), pero de última, habrá que pedir un nuevo libramiento y perderás los intereses desde que hubieras notificado bien, pero eso es independiente del computo del plazo de prescripción, que se contará desde la fecha de la regulación. No se por que parte irías, suerte!
 #784463  por drameu
 
hola gracias por la respuesta, voy por una de las partes que tiene que abonar estos honorarios, igualmente ya el Juez ordenó que se notificara, y ya lo acaban de hacer, asi que no hay mucho para hacer!!!, tenes idea como puedo actualizar el monto de los honorarios a la fecha? que calculo debo hacer?
 #784466  por ISABEL5
 
en la sede de los colegios suelen actualizar honorarios, es más esa liquidación se presenta en los exptes habitualmente.
Saludos
drameu escribió:hola gracias por la respuesta, voy por una de las partes que tiene que abonar estos honorarios, igualmente ya el Juez ordenó que se notificara, y ya lo acaban de hacer, asi que no hay mucho para hacer!!!, tenes idea como puedo actualizar el monto de los honorarios a la fecha? que calculo debo hacer?
 #789326  por drameu
 
el art.54 recien se notificó ahora, desde cuando corren los intereses??? porque la regulación fue del 2002, yo voy por la parte que tiene que pagar esos honorarios.
 #790666  por ISABEL5
 
Los intereses corren desde que esté firme la regulación, es decir después de 10 días hábiles de notificada. Es lógico, porque pensá que si no la notificaron de lo que tenía que pagar, nada pueden reclamarle hasta que lo hagan en debida forma.
drameu escribió:el art.54 recien se notificó ahora, desde cuando corren los intereses??? porque la regulación fue del 2002, yo voy por la parte que tiene que pagar esos honorarios.
 #792187  por drameu
 
si yo pensaba igual, o sea re bien proque de querer pagarlos solo serian los intereses de ahora y no de 10 años.