wilo escribió:Hola a todos. Me meto y pregunto algo que todavía no me queda en claro, evidentemente.Hola wilo
Hace unos días vino gente de Anses a dar un seminario sobre jurisprudencia de la Corte y algo de docentes.
¿A dónde "vino", dónde se realizó el seminario?
En el recreo (actualmente denominado break) se habló de los jubilados de fuerzas policiales que solicitaban beneficios a Anses.
La respuesta de los expositores fue clara: serían irregulares las jubilaciones de autónomos en beneficiarios de Cajas policiales (ej: caja policías prov. de Bs As), por tratarse de violacion al principio de beneficio único según ley.....(no me acuerdo que número dijeron), que de verificarse estos casos se daba automáticamente de baja el beneficio, con el correspondiente cargo deudor y otrs yerbas.
Ahora leo este post que resulta tan instructivo como desorientador para este pobre cerebro en formación previsional.
Entonces, repitiendo mi consulta de otro post. ¿ES REGULAR EL OTORGAMIENTO DE ESTOS BENEFICIOS??????
Saludos, buen finde
"ES REGULAR EL OTORGAMIENTO DE ESTOS BENEFICIOS?????? "
Como todo en previsional hay que ver cada situación.
El ej. de los expositores fue sobre Caja de Policía de la prov. de Bs. As. NO de Caja de Policía Federal.
El primero no se podría, el segundo sí.
Saludos
