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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #793901  por DOCTORAA
 
Hola a todos!
Tengo una consulta respecto de un expediente de reajuste en el que salió sentencia favorable, se apeló y se solicitó que se autorice a ANSES para retirar el expte a los fines de hacer la liquidación y pagar. Salió el decreto autorizando.
Mi duda es: cuáles son los pasos siguientes?
-debo notificar a ANSES y esperar que corra el plazo de 120 d.y si no lo retiran presentar yo una liquidación??
o puedo directamente presentar yo la liquidación?
Gracias!!
 #794034  por lucky
 
Hay que devolver el expte administrativo al ANSES mediante oficio (según cual fuere el Juzgado, lo hacen ellos o vos) con copias certificadas de las sentencias y notificaciones. A partir de que lo recibe ANSES, comienzan a computarse los 120 días.
Si el expte administrativo no está en el Juzgado, se remiten mediante oficio copia de las sentencias y notificaciones (a partir de la entrega del oficio comienza a correr el plazo de 120 días).
Recién cuando vencen los 120 días podés empezar la ejecución (hacer liquidación, traslados, aprobación, etc...).
 #794037  por markello
 
Algo que no nos queda claro.

Existe apelación? Creemos que la forista ha manifestado que hay una apelación, entendemos que fue del organismo.

Podria confirmar que ha sucedido con la apelación que se manifesta?.

Saludos
 #794047  por lucky
 
Cierto, si hay apelación no está firme la sentencia y no hay comienzo del plazo para pagar. Toda la explicación anterior era para este supuesto de sentencia firme.