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  • Si pago aportes de Trab. en negro demuestro rel???

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #794816  por Brunito
 
Hola gente, voy a despedir a una trabajadora domestica que estuvo unos años en negro y hace otros tantos que se blanqueo. A la mina lo que mas le interesa es la jubilación por lo que me pide los aportes de los años en negro. El tema es que si se los compro no llega a jubilarse, queda con 24 y tengo miedo que luego me haga reclamo laboral por ese periodo en negro y encima el empleador lo reconocio pagando aportes. Es así si le hago comprar los aportes al empleador queda pegado durante esos años???? Mi idea es hacer un acuerdo n el mtss por el monto de los aportes, que ella cobre, hacemos los aportes con esa plata y listo. que opinan????
 #794836  por dramereu
 
Yo cro que si vos pagas los años en negro sí estás reconociendo la relación, es decir sería una prueba más, pero depende de qué tipo de trabajador de SDM sea, es autónomo o en rel de depcia?? depende de las horas que trabaje.
El acuerdo que vos hagas en el miniesterio, a mi criterio, le tiene que servir como prueba de los aportes que tenga, pero los años en negro deben estar aportados. Es decir vos pagas en forma extemporánea, luego el acuerdo le sirve como prueba de la relación si se lo piden en anses.

Hacé las dos cosas, el acuerdo seguro y si queres pagale los años en forma extemporánea y bajale el monto de acuerdo, qué edad tiene?? si le faltan años tiene que hacer moratoria.
 #794880  por MARIO1943
 
Brunito escribió:Hola gente, voy a despedir a una trabajadora domestica que estuvo unos años en negro y hace otros tantos que se blanqueo. A la mina lo que mas le interesa es la jubilación por lo que me pide los aportes de los años en negro. El tema es que si se los compro no llega a jubilarse, queda con 24 y tengo miedo que luego me haga reclamo laboral por ese periodo en negro y encima el empleador lo reconocio pagando aportes. Es así si le hago comprar los aportes al empleador queda pegado durante esos años???? Mi idea es hacer un acuerdo n el mtss por el monto de los aportes, que ella cobre, hacemos los aportes con esa plata y listo. que opinan????
NO S E ENTIENDE CUANDO DECIS, QUE LA EMPLEADA PIDE LOS APORTES EN NEGRO Y POR OTRO LADO DECIS QUE EL EMPLEADOR LO RECONOCIO PAGANDO LOS APORTES Y POR OTRO LADO TAMBIEN DECIS QUE TENES TEMOR QUE LA EMPLEADA TE RECLAME LOS APORTES DE L PERIODO EN NEGRO , LOS PAGO O NO LO PAGO?
POR OTRO LADO NO HAY ACUERDO EN EL MINSITERIO QUE VALGA SOBRE APORTES , NO S E PUEDE NEGOCIAR ALGO QUE E S COPETENCIA DE AFIP, VOS PODES NEGOCIAR HS. EXTRAS ADEUDADAS , DIFERENCIA DE SALARIO ETC PERO NO APORTES
EL ART. 15 DE LA LCT DICE
En todos los casos, la homologación administrativa o judicial de los acuerdos
conciliatorios, transaccionales o liberatorios les otorgará la autoridad de cosa juzgada
entre las partes que los hubieren celebrado, pero no les hará oponibles a los
organismos encargados de la recaudación de los aportes, contribuciones y demás
cotizaciones destinados a los sistemas de la seguridad social, en cuanto se refiera a la
calificación de la naturaleza de los vínculos habidos entre las partes y a la exigibilidad
de las obligaciones que de esos vínculos se deriven para con los sistemas de seguridad
social.
 #794923  por lawyer2007
 
MARIO1943 escribió:
Brunito escribió:Hola gente, voy a despedir a una trabajadora domestica que estuvo unos años en negro y hace otros tantos que se blanqueo. A la mina lo que mas le interesa es la jubilación por lo que me pide los aportes de los años en negro. El tema es que si se los compro no llega a jubilarse, queda con 24 y tengo miedo que luego me haga reclamo laboral por ese periodo en negro y encima el empleador lo reconocio pagando aportes. Es así si le hago comprar los aportes al empleador queda pegado durante esos años???? Mi idea es hacer un acuerdo n el mtss por el monto de los aportes, que ella cobre, hacemos los aportes con esa plata y listo. que opinan????
NO S E ENTIENDE CUANDO DECIS, QUE LA EMPLEADA PIDE LOS APORTES EN NEGRO Y POR OTRO LADO DECIS QUE EL EMPLEADOR LO RECONOCIO PAGANDO LOS APORTES Y POR OTRO LADO TAMBIEN DECIS QUE TENES TEMOR QUE LA EMPLEADA TE RECLAME LOS APORTES DE L PERIODO EN NEGRO , LOS PAGO O NO LO PAGO?
POR OTRO LADO NO HAY ACUERDO EN EL MINSITERIO QUE VALGA SOBRE APORTES , NO S E PUEDE NEGOCIAR ALGO QUE E S COPETENCIA DE AFIP, VOS PODES NEGOCIAR HS. EXTRAS ADEUDADAS , DIFERENCIA DE SALARIO ETC PERO NO APORTES
EL ART. 15 DE LA LCT DICE
En todos los casos, la homologación administrativa o judicial de los acuerdos
conciliatorios, transaccionales o liberatorios les otorgará la autoridad de cosa juzgada
entre las partes que los hubieren celebrado, pero no les hará oponibles a los
organismos encargados de la recaudación de los aportes, contribuciones y demás
cotizaciones destinados a los sistemas de la seguridad social, en cuanto se refiera a la
calificación de la naturaleza de los vínculos habidos entre las partes y a la exigibilidad
de las obligaciones que de esos vínculos se deriven para con los sistemas de seguridad
social.
El SDM no se rige por la LCT no se contempla en los tribunales bajo esa norma tiene su estatuto específico
 #794930  por arandu2
 
Hola Lawyer:

Coincido en parte contigo. En que para el Servicio domestico no se aplica la ley de contrato de trabajo. Pero para que se aplique el estatuto, debe reunir los requisitos que este impone, respecto de las horas trabajadas: mas de 4 horas por dia y mas de 4 veces por semana.

En cuanto al trabajo por horas, de la ley 25.239, este se llama servicio independiente, que no está aun reglamentado, en la Secretaria de Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo.
El tema se plantea, cuando se invoca esta ley, porque se alega que el trabajo se prestó con servicios entre 6 y 12 horas.
Esta franja de trabajadores se encuentran en un vacio legal respecto de su situacion laboral y ahora con respecto a la cuestión previsional, aunque Anses quiera reglamentar por medio de circulares, la prestacion de este servicio.
Saludos.

Arandu del Portal
 #794949  por lawyer2007
 
Si Arandú , Y ademas "ANSES BURRO" DISCULPEN PERO NO CABE OTRA PALABRA DE QUIEN TIENE EL PODER Y NO SABE APLICAR LAS NORMAS O FORMAS DE APLICARLAS PORQUE contempla en la nueva crcular EL CUIDADO DE PERSONAS Y ESO NO RIGE PARA EL SDM HAY VASTA JURISPRUDENCIA EN QUE ES APLICABLE LA LCT Y NO EL ESTATUTO. EL, CUIDADO DE PERSONAS NO ESTA CONTEMPLADO EN EL DECRETO Y LOS TRIBUNALES APLICAN POR CONSIGUIENTE LA LCT
 #795025  por MARIO1943
 
SI ES CORRECTO QUE EL SDM NO ESTA CONTEMPLADO EN LA L.CT, PERO ES EL CONCEPTO, NO QUIERE DECIR QUE PORQUE NO ESTE CONTEMPLADO, S E PUEDA NEGOCIAR LOS APORTES DE SDM EL MISMO ES PRIVATIVO DE AFIP Y LA L.CT. LO ACLARA MUY BIEN, COMO EL FORISTA PREGUNTABA SOBRE EL TEMOR QUE LE PUEDAN RECLAMAR EL DIA DE MANANA, SI SE LO VAN A RECLAMAR POR MAS ACUERDO QUE HAGA Y NO ESTE CONTEMPLDO EN LA L.CT, PERO BIEN TU ACLARACION
 #795467  por Brunito
 
perdon si no me supe explicar. La idea de mi cliente (empleador) es hacer un acuerdo por $ 14.000 en el mtss en el que figure como fecha de ingreso la fecha de blanqueo(2001). La trabajadora retira la plata y con esa plata se le pagaria por moratoria 13 años de aportes. Esto último s eharia porque ademas de los 10 años en blanco también trabajo otros 20 años en negro y a la trabajadora le interesa mas llegar a jubilarse que tener la plata en mano. Lo que pregunto es si luego a pesar de que en el acuerdo diga que ingreso en el 2001 si depsués con la prueba de compra de aportes de años anteriores puede voltear el acuerdo y reclamar por ese periodo en negro????
 #795656  por dramereu
 
Perdón pero yo, dada la situación previsional actual, ni loca aportaría tantos años extemporáneos . Una clienta mia celebró un acuerdo sin que se le reconozcan hechos y derechos y listo, hacé el acuerdo, y que ella vea si paga o no con lo que cierra.

Los acuerdos son inapelables, sobre el mismo objeto luego no se puede reclamar.