Si la resolucion confirmada por Camara ordena depositar los honorarios sin perjuicio del IVA en el caso y con la alicuota que corresponda, debo proceder a efectuar el deposito sin IVA alguno atento no se ha presentado en expediente la condicion del beneficiario frente al IVA. Es correcto? gracias colegas
Entiendo que la denuncia de responsable inscripto del letrado es suficiente.... y deberías depositar IVA...
Igualmente, dicha informacion es de acceso público, con lo cual si dudas deberías entrar en la web de AFIP y sacar una constancia de inscripcion del colega...
Saludos!