Hola, estoy con un divorcio por preentacion conjunta.
Se me presentan algunas dudas sobre la disolucion de la sociedad conyugal.
Los conyuges arreglaron la reparticion de los bienes, ninguna registral salvo acciones de una SA, la cuestion se me presenta sobre el convenio de liquidacion de las soc conyugal, sobre la fecha de la firma del convenio (ya q son nulos los anteriores a la disolucion de la s cony) y si es mejor hacerlo en escribano por escritura publica o por instrumento privado con firmas certificadas, ya que el segundo para que no tenga fuerza legal tendria que homologarse.
Asi mismo en el escrito basta con hacer mencion a los bienes gananciales (sin suma alguna) y que por los mismo la contraparte otorga la suma de $$$ xxxx como compensacion y que las partes nada tienen por reclamarse???
Gracias
Se me presentan algunas dudas sobre la disolucion de la sociedad conyugal.
Los conyuges arreglaron la reparticion de los bienes, ninguna registral salvo acciones de una SA, la cuestion se me presenta sobre el convenio de liquidacion de las soc conyugal, sobre la fecha de la firma del convenio (ya q son nulos los anteriores a la disolucion de la s cony) y si es mejor hacerlo en escribano por escritura publica o por instrumento privado con firmas certificadas, ya que el segundo para que no tenga fuerza legal tendria que homologarse.
Asi mismo en el escrito basta con hacer mencion a los bienes gananciales (sin suma alguna) y que por los mismo la contraparte otorga la suma de $$$ xxxx como compensacion y que las partes nada tienen por reclamarse???
Gracias