En un incidente de ejecucion de alimentos, se dicto sentencia favorable. El demandado interpuso recurso de apelacion. El proveido dicto "concedese en relacion el rec interpuesto". Yo no voy a apelar ya que la sentencia fue favorable. La pregunta es, ¿debo pedir que pase a camara, solamente? Como continua? tengo algunas dudas.
Luego de presentado el memorial por el apelante, te van a correr traslado del mismo por cinco días (se notifica por nota). Podrás contestarlo o no, según tu criterio.
Cumplido con el plazo de cinco días, el Oficial primero elevará los autos a Cámara (art. 251 CPCC). Aunque nada impide que tanto el apelante como vos lo soliciten.
Saludos.