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  • interpretación circular 45/05

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #801277  por sauda10
 
Hola colegas, tengo una duda, quisiera saber si alguien puede darme una mano, o posee algún comentario aclaratorio respecto de esta circular.
En esta ocasión tengo que tramitar una pensión directa. Para presentar al ADP tengo las siguentes pruebas. Dos partidas de nacimiento de hijos que tuvieron en común, domicilio coincidente en el dni de ella y el acta de defunción de él, y servicios pagos a nombre de él algunos (por ej gas) y de ella otros e ej (facturas de celular). Aqui va mi pregunta:

Cuando leo la circular dice: " documentación a presentar": 1.2.5 Tres de las documentaciones que se detallan a continuación...... (en este punto tengo dos pruebas, no tres), 1.2.5.6 "una de las siguientes pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia: tengo una prueba...servicios. Osea para ser concreta; el hecho de poseer dos de las tres pruebas requeridas, antes detalladas implica que debo desestimarlas, corro el riesgo de que al tener esas pruebas me lo manden a legales o no la declaren concubina previsional?. Espero me den una mano, gracias por su tiempo.
 #801306  por hugo2
 
sauda10 escribió:Hola colegas, tengo una duda, quisiera saber si alguien puede darme una mano, o posee algún comentario aclaratorio respecto de esta circular.
En esta ocasión tengo que tramitar una pensión directa. Para presentar al ADP tengo las siguentes pruebas. Dos partidas de nacimiento de hijos que tuvieron en común, domicilio coincidente en el dni de ella y el acta de defunción de él, y servicios pagos a nombre de él algunos (por ej gas) y de ella otros e ej (facturas de celular). Aqui va mi pregunta:

Cuando leo la circular dice: " documentación a presentar": 1.2.5 Tres de las documentaciones que se detallan a continuación...... (en este punto tengo dos pruebas, no tres), 1.2.5.6 "una de las siguientes pruebas, siempre que de ellas se pueda acreditar igual domicilio o convivencia: tengo una prueba...servicios. Osea para ser concreta; el hecho de poseer dos de las tres pruebas requeridas, antes detalladas implica que debo desestimarlas, corro el riesgo de que al tener esas pruebas me lo manden a legales o no la declaren concubina previsional?. Espero me den una mano, gracias por su tiempo.
Lee nuevamente la circular. Estas bien con las pruebas, podrias agregarle una testimonial.
 #803245  por miguel19790
 
ya tenes las tres pruebas que pide la circular, en teoria deberian cargarte la convivencia previsional al toque, pero solo en teoria, en la practica depende de cada udai, algunos la mandan a verificar y tardan bastante en otorgarte la convivencia, como es el caso de mi udai, que por cierto son lamentables.----