Hola.
Mi consulta es sobre una colisión entre dos automotores,uno de los cuales trasportaba gente como pasajeros (es una combi) quienes resultaron lesinados.
Se hizo la denuncia a una de las aseguradoras (la del dueño de la empresa de transporte), por otra parte ya esta en marcha la denuncia en lo penal.
Mis inquietudes son las siguientes:
¿Se debe denunciar el hecho ante la aseguradora del otro vehículo?
¿La intimacion por carta documento se puede realizar a las aseguradoras, como asi tambien a los propietarios de los rodados, como a los conductores y dueño/s de la empresa de transporte??? y si esto falla se puede demandar a esos mismo (sin perjuicio de las calidades de citadas en garantia de las aseguradoras)????
¿¿¿En las cartas documentos a las aseguradoras se puede reclamar el reitengro de los gastos que se generaron por practicas, atencion y/o estudios medicos, como asi mismo los gastos de transporte, haciendo reserva de reclamar por los que se vallan generando en lo sucesivo y conforme surja de los estudios realizados a los lesionados (tratamientos, incapasidades, etc)??? ¿¿¿tendrian algun modelo???¿¿¿o se reclama todo junto cuando este todo diagnosticado y valuado???
Sinteticamente, ¿¿¿como es el tema de la negociación con una aseguradora cuando hay lesionados?
Aclaro que soy del interior Neuquen. Desde ya muchas gracias.......
Mi consulta es sobre una colisión entre dos automotores,uno de los cuales trasportaba gente como pasajeros (es una combi) quienes resultaron lesinados.
Se hizo la denuncia a una de las aseguradoras (la del dueño de la empresa de transporte), por otra parte ya esta en marcha la denuncia en lo penal.
Mis inquietudes son las siguientes:
¿Se debe denunciar el hecho ante la aseguradora del otro vehículo?
¿La intimacion por carta documento se puede realizar a las aseguradoras, como asi tambien a los propietarios de los rodados, como a los conductores y dueño/s de la empresa de transporte??? y si esto falla se puede demandar a esos mismo (sin perjuicio de las calidades de citadas en garantia de las aseguradoras)????
¿¿¿En las cartas documentos a las aseguradoras se puede reclamar el reitengro de los gastos que se generaron por practicas, atencion y/o estudios medicos, como asi mismo los gastos de transporte, haciendo reserva de reclamar por los que se vallan generando en lo sucesivo y conforme surja de los estudios realizados a los lesionados (tratamientos, incapasidades, etc)??? ¿¿¿tendrian algun modelo???¿¿¿o se reclama todo junto cuando este todo diagnosticado y valuado???
Sinteticamente, ¿¿¿como es el tema de la negociación con una aseguradora cuando hay lesionados?
Aclaro que soy del interior Neuquen. Desde ya muchas gracias.......