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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #801803  por CesarBenitez05
 
Buenas tardes, me llega a mi estudio un cliente para que le inicie el trámite por un Retiro por Invalidez, es la primera vez que voy a tramitar dicho beneficio y me han surgido algunas dudas al respecto y necesito si alguién me puede ayudar.

Mi cliente es aportante regular con derecho ya que desde el 07/2004 viene aportando regularmente en tiempo y forma dentro del mismo mes como Monotributista, o sea tiene los 30 meses. La duda me surge y no se como seguir ya que tiene inscripción como autonómo desde el 08/1985 al 02/1992, dentro de este período tiene varios meses de deuda.

La duda es la siguiente:

Como tengo que liquidar el sicam? esos meses con deuda están prescriptos, pero NO ppuedo hacer uso de la prescripción liberatoria en el Retiro por Invalidez. ¿Tengo que hacer uso del decreto 526/95, adjuntando nota de los períodos adeudados al expediente o puedo renunciar a esos períodos ley 25231?. Para liquidar uso la ley 24241? -

Desde ya muchas gracias.
 #801814  por MARIO1943
 
CesarBenitez05 escribió:Buenas tardes, me llega a mi estudio un cliente para que le inicie el trámite por un Retiro por Invalidez, es la primera vez que voy a tramitar dicho beneficio y me han surgido algunas dudas al respecto y necesito si alguién me puede ayudar.

Mi cliente es aportante regular con derecho ya que desde el 07/2004 viene aportando regularmente en tiempo y forma dentro del mismo mes como Monotributista, o sea tiene los 30 meses. La duda me surge y no se como seguir ya que tiene inscripción como autonómo desde el 08/1985 al 02/1992, dentro de este período tiene varios meses de deuda.

La duda es la siguiente:

Como tengo que liquidar el sicam? esos meses con deuda están prescriptos, pero NO ppuedo hacer uso de la prescripción liberatoria en el Retiro por Invalidez. ¿Tengo que hacer uso del decreto 526/95, adjuntando nota de los períodos adeudados al expediente o puedo renunciar a esos períodos ley 25231?. Para liquidar uso la ley 24241? -

Desde ya muchas gracias.
VOS NO PODES APLICAR EN ESTE CASO ART. 1 LEY 25321, TENES QUE PRESCRIBIR LOS PERIODOS CON DEUDAS Y LOS PERIODOS NO PRESCRIPTO APLICAS EL DECRETO 526/95 Y LIQUIDAS POR LA 24241
 #801890  por CesarBenitez05
 
Mario, en el SICAM no me deja prescribir los periodos con deuda, me sale la leyenda "no se puede utilizar prescripción liberatorio en un beneficio de Retiro por Invalidez" utilizó en toda el decreto 526/95?.

Saludos.
 #801962  por MARIO1943
 
SI TENES RAZON, SOLO SE PERMITE EN PENSION, NO ASI EN RTI. NO TE QUEDA OTRA QUE APLICAR EL DECRETO, A PESAR QUE EL MISMO DICE QUE VA SOBRE LOS PERIODOS NO PRESCRIPTO CON DEUDA