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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #800758  por periquita
 
Hola, acá estoy exjefe.... lástima que no aparezca nadie más para contestar estas consultas, porque no es un post mío, particular....ja...ja...
exjefe escribió:Hola Periquita.
Me lei las 52 paginas de este post. Fantastica en tus respuestas, precisas y concisas. Gracias
Paso a sintetizar mis consultas a fin de que por favor me ratifiques o rectifiques lo que expongo, ya que tengo 2 casos de jubilaciones docentes y son mis primeros pasos en esta actividad.
1- caso:
Docente provincia de Mendoza (la caja se transfirio a la Nacion) nacida el 5/10/49 desarrollo actividad del 03/81 a 03/93 o sea 12a y 1m.
Necesito jubilarla.
a)SICAM por ley 24.476, prorrateo la edad jubilatoria, y resto diferencia de edad art.19 y aplico Art 3 ddjj, a pagar en 60 cuotas.Pienso usar el codigo mas barato 307 costurera. Sugiero utilizar 746: otros profesores particulares (es de los baratos)
b) Solicitar en la escuela donde trabajó al cese(1993) una nota donde diga cuánto estaría ganando hoy con la misma carga horaria y la misma antigüedad. Y de ahí se calcula el 82 %. El cálculo de ANSES no es así. Te van a aplicar la Res. 14
c) Solicitar la certificacion de servicios y remuneraciones. SI
d) Solicitar PS 6.268 Ampliación Decreto 137/2005 SI
e) Presentar a Anses PS 6.269 de Solicitud suplemento especial docentes Dto 137/05. Tendrías que pedirla actualizada hasta marzo de 1995
f) Presentar todo otra documentacion requerida para una jubilacion ordinaria. SI
g) Pedir lo caratulen como 904 (no 004, jubilacion comun). SI
h) Obtiene el beneficio dentro de 2 años?? No ¿por qué? están saliendo rápido

2- caso:
Docente nacida el 04/01/52 desarrolla actividad desde 03/91 a la fecha.
a)SICAM por ley 24.476, prorrateo la edad jubilatoria, y resto diferencia de edad art.19, a pagar en cuotas.Pienso usar el codigo mas barato 307 costurera. Ver anterior
b) Solicitar en la escuela donde trabaja una nota donde diga cuánto esta ganando hoy con la misma carga horaria y la misma antigüedad. Y de ahí se calcula el 82 %. Idem
c) Solicitar la certificacion de servicios y remuneraciones. si
d) Presentar la renuncia condicionada con fecha actual. ok
e) Solicitar PS 6.268 Ampliación Decreto 137/2005. Una vez acordada la jubilacion presentar a Anses PS 6.269 de Solicitud suplemento especial docentes Dto 137/05. SI
f) Presentar todo otra documentacion requerida para una jubilacion ordinaria. si
g) Pedir lo caratulen como 904 (no 004, jubilacion comun) si
h) Obtiene el beneficio dentro de 2 años?? ver anterior


Disculpa por lo extenso Periquita, pero para mi es muy importante haber resumido lo referido a Docentes en estos puntos, que una vez ratificados o rectificados por vos, lo tendre perfectamente dominado.

Gracias. de nada
 #801301  por ALISVAL
 
Hola, Alguien tiene idea como es el tema de los 6 sueldos basicos más antiguedad ?? correspondiente a una jubilada docente?? Como sería el calculo ???
Desde ya muchas gracias !!!
 #803107  por exjefe
 
Hola como estan amigos/as.
Tengo que computar servicios de educacion especial:
Teniendo en cuenta que los servicios en escuelas de ubicación muy desfavorable o de educación especial se computarán a razón de CUATRO
(4) años por cada TRES (3) de servicios efectivos

mi conbsulta es:
1- Como los computo o los solicito?, entiendo que debe hacerse mencion en la SPP (observaciones) pero no estoy seguro que asi sea.
2- En la certificacion de servicios no hacen mencion de que se trata maestra de grado de educacion especial y ante mi consulta me dijeron que el numero de escuela define esa situacion y que los registros de Anses lo tienen en claro, Eso es correcto?
Siempre a vuestra disposicion.
Saludos.
 #803166  por ALISVAL
 
Estimados foristas, les querí apreguntar si una persona que se jubila actualmente, cuya actividad fue en el gobierno de la cuidad puede cobrar lajubilación con el 82% movil . y de ser asi como es el modelo del reclamo administrativo ante la ANSES ??? espero puedan ayudarme !!! muchas gracias !!
 #803167  por ALISVAL
 
periquita escribió:Tiene que haber trabajado TODOS los años requeridos para la D.G.C.y E.

Se calcula el básico + la antiguëdad por 6.

Saludos
Mil gracias "periquita" !!!!
 #803176  por periquita
 
ALISVAL escribió:Estimados foristas, les querí apreguntar si una persona que se jubila actualmente, cuya actividad fue en el gobierno de la cuidad puede cobrar lajubilación con el 82% movil . y de ser asi como es el modelo del reclamo administrativo ante la ANSES ??? espero puedan ayudarme !!! muchas gracias !!
¿Qué actividad tenia? ¿Era docente?
 #803182  por periquita
 
exjefe escribió:Hola como estan amigos/as.
Tengo que computar servicios de educacion especial: Supongo que estamos hablando de una jubilación en ANSES...
Teniendo en cuenta que los servicios en escuelas de ubicación muy desfavorable o de educación especial se computarán a razón de CUATRO (4) años por cada TRES (3) de servicios efectivos
mi conbsulta es:
1- Como los computo o los solicito?, entiendo que debe hacerse mencion en la SPP (observaciones) pero no estoy seguro que asi sea. Sí, es conveniente pero no imprescindible.
2- En la certificacion de servicios no hacen mencion de que se trata maestra de grado de educacion especial y ante mi consulta me dijeron que el numero de escuela define esa situacion y que los registros de Anses lo tienen en claro, Eso es correcto?
No estoy segura de que ANSES lo tenga tan en claro :oops: y que todas las UDAI lo sepan….?
Entiendo que las escuelas tienen que poner en la CSR que están comprendidas en el Dto. 538/75, con eso ya sería suficiente
.


Siempre a vuestra disposicion.
Saludos.
 #803265  por ALISVAL
 
periquita escribió:
ALISVAL escribió:Estimados foristas, les querí apreguntar si una persona que se jubila actualmente, cuya actividad fue en el gobierno de la cuidad puede cobrar lajubilación con el 82% movil . y de ser asi como es el modelo del reclamo administrativo ante la ANSES ??? espero puedan ayudarme !!! muchas gracias !!
¿Qué actividad tenia? ¿Era docente?
no, no era docente creo q trabajaba en el sector de biblioteca para el gobierno de la ciudad
 #807918  por ceu369
 
Hola periquita o quien pueda ayudarme, la verdad soy nueva en el portal y tambien con la consulta que necesito hacer.
Tengo un caso previsional, mi clienta tiene 59 años (cumple 60 en octubre) y tiene 15 años de aportes como docente provincial.
La idea es la liquidacion por SICAM de los años faltantes. Quiero saber como calcular la cantidad de años a comprar, dado que el valor de los años en prov. son distintos que los del sistema nacional??? Ella trabajo un tiempo como profesora particular, pero no cuenta con prueba si lo solicitaran.
Por otro lado, los pasos a seguir serian:
Liquidar la deuda por SICAM, pedir el reconocimiento de los servicios por ANSES, y luego ir al IPS??? Mientras tanto me conviene ir pidiendo la certificacion de los servicios emanada de la DIreccion Gral. de Cultura y Educ de la Prov. de Bs As??? A su vez, cuando seria necesario que mi clienta pida el cese de actividades??? y entre el cese hasta que salga la jubilacion cuanto tiempo transcurriria??? Por ultimo, dado que cumple 60 años en octubre, seria conveniente esperar a cumplirlos???
Disculpen tantas preguntas, nunca hice previsional y me genera un gran inconveniente, si pueden recomendarme alguna lectura al respecto de este tema lo agradecería!!!
Saludos y mil gracias!
 #807942  por periquita
 
Hola ceu369
Tus planteos o dudas son de carácter general, aunque la que se quiere jubilar es una docente.
Te sugiero que pongas la consulta en un post individual y seguramente alguien te orientará.
Te conviene poner el buscador y leer todo lo que hemos posteado sobre el IPS y el NO RECONOCIMIENTO de años regularizados por moratoria.
También sobre prorrateo, reciprocidad y otros.
No creo que pueda jubilarse por el IPS, seguramente será más fácil hacerlo por ANSES, aunque necesite más años de moratoria, que en este caso no necesitará abonar de contado..
Saludos
 #807955  por jarocho
 
Periquita, no hago docentes, solo es cultural mi pregunta
periquita escribió:Hola ceu369
Tus planteos o dudas son de carácter general, aunque la que se quiere jubilar es una docente.
Te sugiero que pongas la consulta en un post individual y seguramente alguien te orientará.
Te conviene poner el buscador y leer todo lo que hemos posteado sobre el IPS y el NO RECONOCIMIENTO de años regularizados por moratoria.
También sobre prorrateo, reciprocidad y otros.
No creo que pueda jubilarse por el IPS, seguramente será más fácil hacerlo por ANSES, aunque necesite más años de moratoria, que en este caso no necesitará abonar de contado..
Saludos
Podrias decirme cual es la norma que inhabilita llevarle a las Cajas Provinciales no transferidas aportes regularizados por 24476, sin DJ, sin prescripcion o renuncia 14236 y 25321 y pagados de contado. Te agradeceria me ilustres, Gracias.- Jarocho
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