Colegas, tengo una consulta en función a un hecho ocurrido una vez contestada la demanda.
El tema es el siguiente, el 30/12 contesté demanda, y las prueba documental que tenía que ofrecer (fundamentales por ser el recibo de liquidación final firmado por el trabajador en conformidad), no habia sido hallado por la empresa, por lo que no pude acompañar. Ahora, en esta semana la empresa encontro los certificados ofrecidos y el recibo, pero ya conteste demanda.
Mi consulta es: evidentemente no pudo haber sido notificado el actor aún de la contestación de demanda, porque presente la contestación el último día hábil del año. Recuerdo que hasta que no se notifique la contestación, se puede ampliar la prueba. Es esto verdad? en su caso, cual es el fundamento jurídico, ya que en el Código no lo encuentro?!
Muchas gracias!!!!
El tema es el siguiente, el 30/12 contesté demanda, y las prueba documental que tenía que ofrecer (fundamentales por ser el recibo de liquidación final firmado por el trabajador en conformidad), no habia sido hallado por la empresa, por lo que no pude acompañar. Ahora, en esta semana la empresa encontro los certificados ofrecidos y el recibo, pero ya conteste demanda.
Mi consulta es: evidentemente no pudo haber sido notificado el actor aún de la contestación de demanda, porque presente la contestación el último día hábil del año. Recuerdo que hasta que no se notifique la contestación, se puede ampliar la prueba. Es esto verdad? en su caso, cual es el fundamento jurídico, ya que en el Código no lo encuentro?!
Muchas gracias!!!!