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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #806701  por juridym
 
Buenas noches,
necesito ayuda ya que tego sentencia firme en un caso de personal militar retirado (por un reajuste), y creo que debo iniciar la ejecución de la misma. Mi duda es si tengo que presentar liquidación ya que el Ministerio de Defensa no lo ha hecho, y en caso afirmativo a donde puede acudir para que me realicen tal liquidación. Se que en los reajustes de Anses existe Adap, pero no se para personal militar.
Desde ya muchas gracias!!!
 #807043  por moragalves
 
Hola, practicá liquidación en el expte. Darán traslado y una vez firme tenés que notificar esta sentencia al Estado Mayor de la fuerza que corresponde para que el mismo juzgado te expida el certificado con copia de liquidación para iniciar el proceso de cobro, ya que espontáneamente no pagan nunca. Creo que pagan en bonos, averiguá. Suerte.
 #807310  por camblong
 
Tenes que solicitar que se gire el Expte. al IAF "Instituto de Ayuda Financiera" a los efectos que practiquen la correspondiente Liquidación. Suerte