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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #807327  por Graciela Perez
 
Hola gente, les hago una consulta, inicié una jubilación con SDM con pagos extemporáneos con fecha 01/2011, en Mayo de 2011 me la deniegan argumentando que concurrieron a la casa de la dadora de trabajo en repetidas ocasiones y nadie los atendió.
Ante esto presente un Recurso de Reconsideración argumentando Error Material ya que nadie fue a la casa de la dadora y en caso de haber ido no dejaron la citación para presentarse en Anses. Citaron a la dadora para que vaya a Capital Federal a declarar, no recuerdo la calle, donde citan a todos........nos pidieron los 2 nuevos formularios y finalmente lo dieron por resuelto en forma favorable.
Cuando veo en la web Seguimento de Expedientes dice que la fecha de inicio es Enero de 2011, sin embargo en la carta de pago recibida veo que comienza la liquidación de haberes a partir de Julio de 2011, fecha en que presento el Recurso de Reconsideración, es correcta dicha liquidación? no deberían pagar desde Enero????

Gracias a quien pueda responderme...

Graciela
 #807401  por empedocles
 
No es lo mismo la fecha de inicio que es la del turno o presentación que la fecha inicial de pago.
 #807420  por arandu2
 
Eso porque se consideran acreditados los periodos desde la segunda presentacion.
Tendras que presentar error en la fecha inicial de pago, luego de que perciba el retroactivo.
 #807464  por fabidoc
 
Graciela Perez escribió:Hola gente, les hago una consulta, inicié una jubilación con SDM con pagos extemporáneos con fecha 01/2011, en Mayo de 2011 me la deniegan argumentando que concurrieron a la casa de la dadora de trabajo en repetidas ocasiones y nadie los atendió.
Ante esto presente un Recurso de Reconsideración argumentando Error Material ya que nadie fue a la casa de la dadora y en caso de haber ido no dejaron la citación para presentarse en Anses. Citaron a la dadora para que vaya a Capital Federal a declarar, no recuerdo la calle, donde citan a todos........nos pidieron los 2 nuevos formularios y finalmente lo dieron por resuelto en forma favorable.
Cuando veo en la web Seguimento de Expedientes dice que la fecha de inicio es Enero de 2011, sin embargo en la carta de pago recibida veo que comienza la liquidación de haberes a partir de Julio de 2011, fecha en que presento el Recurso de Reconsideración, es correcta dicha liquidación? no deberían pagar desde Enero????

Gracias a quien pueda responderme...

Graciela
Hacè el reclamo, justamente el recurso tiende a que no se afecte el retroactivo.