El 02/12/09 fue sancionada la nueva ley de mayoria de edad (Ley 26.579) que entro en vigencia en 31/12/09.
Art. 265 2º parte: "la obligacion de los padres a prestar a alimentos a sus hijos, con el alcance establecido en el art. 267, se extiende hasta la edad de 21 a, salvo q el hijo mayor de edad o el padre, en su caso, acrediten que cuenta con recursos suficientes para proveerselos por si mismo"
Segun la nueva ley... hasta los 18 años no se discute,,, obligacion paterna/materna
De 18 a a 21.. Si el padre no solicita cese... continua. En el caso q padre pida cese debe probar q el hijo no necesita. Si prueba ... cesa cuota. Si la retira per se el hijo debe presentarse con letrado por derecho propio y no puede ser el mismo profesional que lo represento en la minoridad.
De 21 a 25... El hijo debe probar q necesita...aca hay muchos mas escollos...
Por lo general los hijos que reciben cuota del padre luego de los 18 años no pasa por judiciales... los q poseen retencion son los primeros en solicitar cese.. si siguen colaborando con los hijos es por amor y buen trato entre padre e hijo...
Y esto no es Santa fe... Esta Ley es NACIONAL !!!, arts. 265, 267, 268,269,271 y 272.
Es recomendable Claudio Belluscio "Los alimentos debidos a los hijos conforme la nueva legislacion"