Hola jarocho
No dije textualmente que no se pueda sino que
“No creo que pueda jubilarse por el IPS, seguramente será más fácil hacerlo por ANSES”
Motivos:
1. Desde ANSES luego de la Resolución 555 pedirán pruebas porque el régimen del IPS en este caso es más beneficioso. El forista aclara que no tiene pruebas.
2. Desde el IPS está el mayor escollo. Fiscalía de Estado no está otorgando ningún beneficio en estas condiciones: regularización con moratorias, sin inscripción.
Como NO hay norma específica, entiendo que es un tema que se puede pelear y ganar judicialmente, pero…. ¿Cómo sobrevive la persona hasta que se resuelva?
No sé la actitud de todas las Cajas Provinciales, pero creo que varias están en la misma posición.
No dije textualmente que no se pueda sino que
“No creo que pueda jubilarse por el IPS, seguramente será más fácil hacerlo por ANSES”
Motivos:
1. Desde ANSES luego de la Resolución 555 pedirán pruebas porque el régimen del IPS en este caso es más beneficioso. El forista aclara que no tiene pruebas.
2. Desde el IPS está el mayor escollo. Fiscalía de Estado no está otorgando ningún beneficio en estas condiciones: regularización con moratorias, sin inscripción.
Como NO hay norma específica, entiendo que es un tema que se puede pelear y ganar judicialmente, pero…. ¿Cómo sobrevive la persona hasta que se resuelva?
No sé la actitud de todas las Cajas Provinciales, pero creo que varias están en la misma posición.