Hola colegas
Necesito ayuda para un recurso por beneficio denegado ( jubi sdm).
La clienta declara sdm ( son reales), pagos extemporaneos. En la verificacion la dadora reconoce los periodos, las horas declaradas y los pagos pero a la pregunta del verificador sobre las tareas q realizaba, responde : cuida a mis hijos, por lo cual la resolucion no reconoce los periodos denunciados y deniega el beneficio.
Realmente cuidaba niños, ademas de hacer todos los quehaceres domesticos porque la Sra. de la casa no estaba en ese horario de hecho por eso mi clienta tiene el trabajo, y en las horas de ausencia de la dadora, se encuentran sus hijos a cargo de mi clienta.
El primer error q observo es que de todas las respuestas impresas el verificsador solo tilda " cuida niños".
La jefa de la Udai me confirma que el cuidado de niños esta fuera del servicio domestico. Mi pregunta es ¿ si en el decreto esta incluido NIÑERAS,intitutrices , estaria fuera de la posibilidad del pago minimo voluntario 6 - de 12 que fue el que se pago en este caso? ¿ el pago minimo se realiza en consideracion a las horas trabajadas y declaradas o la categoria del decreto? Igual por la carga horaria del pago minimo voluntario, ninguna tarea de sdm estaria dentro del decreto q requiere 4 horas 4 veces por semana como minimo, para regularse por el 326/56.
Si alguien puede comentarme algo q me ayude para interponer el recurso, Muchisimas gracias.
Necesito ayuda para un recurso por beneficio denegado ( jubi sdm).
La clienta declara sdm ( son reales), pagos extemporaneos. En la verificacion la dadora reconoce los periodos, las horas declaradas y los pagos pero a la pregunta del verificador sobre las tareas q realizaba, responde : cuida a mis hijos, por lo cual la resolucion no reconoce los periodos denunciados y deniega el beneficio.
Realmente cuidaba niños, ademas de hacer todos los quehaceres domesticos porque la Sra. de la casa no estaba en ese horario de hecho por eso mi clienta tiene el trabajo, y en las horas de ausencia de la dadora, se encuentran sus hijos a cargo de mi clienta.
El primer error q observo es que de todas las respuestas impresas el verificsador solo tilda " cuida niños".
La jefa de la Udai me confirma que el cuidado de niños esta fuera del servicio domestico. Mi pregunta es ¿ si en el decreto esta incluido NIÑERAS,intitutrices , estaria fuera de la posibilidad del pago minimo voluntario 6 - de 12 que fue el que se pago en este caso? ¿ el pago minimo se realiza en consideracion a las horas trabajadas y declaradas o la categoria del decreto? Igual por la carga horaria del pago minimo voluntario, ninguna tarea de sdm estaria dentro del decreto q requiere 4 horas 4 veces por semana como minimo, para regularse por el 326/56.
Si alguien puede comentarme algo q me ayude para interponer el recurso, Muchisimas gracias.
