Hola Colegas, les comento que ejerzo en pcia de Bs As, al presentarme en el tribunal de Flia para ver un expediente de alimentos y un divorcio, me informan que si no estoy presentado, habiendo pagado Bono Ley 8480 + el ius previsional, ( o sea $170!!!) no puedo acceder al expediente ni siquiera para ojearlo en mesa de entradas.
La verdad que me enoje un poco y discuti con la empleada pero no habia forma de hacerle entender que necesito ver el expediente apra saber en que estado esta y si conviene presentarme.
Estuve googleando por que ademas del ARt 127 del CPCC, tenia entendidoq ue habia una acordad de la SCJPB, o una resolución ( creo que de 1973) que dice que los expedientes se pueden prestar para consulta, pero no encontre nada.
Alguien sabe de esa acordada? o mejor aún, la tiene a mano?
Gracias de antemano.
La verdad que me enoje un poco y discuti con la empleada pero no habia forma de hacerle entender que necesito ver el expediente apra saber en que estado esta y si conviene presentarme.
Estuve googleando por que ademas del ARt 127 del CPCC, tenia entendidoq ue habia una acordad de la SCJPB, o una resolución ( creo que de 1973) que dice que los expedientes se pueden prestar para consulta, pero no encontre nada.
Alguien sabe de esa acordada? o mejor aún, la tiene a mano?
Gracias de antemano.