Hola a todos!, les cuento que me presente en una sucesion iniciada (correspondiente a los abuelos de mi cliente) y que habia llegado a la DH. Pedi la ampliacion de la declaratoria, tal como me habian recomendado, ( y sobretodo como lo establece el Codigo), ya que uno de los 2 herederos fallecio, (el padre de mi cliente) y el unico bien que este poseia era la porcion indivisa heredada en esta sucesion que aun no se ha inscripto.
A esto el juzgado proveyo: "Ocurran los peticionantes por ante la Receptoría General de Expedientes, a cuyo fin practíquese el desglose de las piezas de fs. 93/108, dejándose debida constancia en autos". O sea, si mal no entendi, debo iniciar una sucesión nueva (aparte de la ya iniciada...) En el escrito debo pedir la acumulacion con la sucesion ya iniciada y de ahi en mas seguir el normal curso de una sucesion.... Creo que hasta ahi voy bien no?
Respecto del punto acervo hereditario, como este hombre no tenia bienes, solo la porción indivisa que le corresponde del inmueble de la sucesión iniciada de sus padres (La cual llego a la DH, pero no hay inscripción porque nunca pudo determinarse el valor del inmueble para la regulación de los honorarios y el pago de tasa...) como debo mencionarlo en el escrito de inicio?, se me ocurrió lo siguiente:
IV- ACERVO HEREDITARIO
De acuerdo que no poseía ningún bien a su nombre, solicitamos se de pleno cumplimiento con lo establecido por el Art. 734 segundo párrafo del CPCC. Es decir se exima de publicar en el diario local de acuerdo a la denuncia que se realiza (no posee bines de ninguna naturaleza).
O debería denunciar que como bienes tiene la porción indivisa del acervo hereditario de los autos caratulados "xxxxxxxxxx Sucesión ab intestato" que tramitan en el juzgado tal tal tal, y demás datos" Esta bien??? O deberia denunciar la porcion indivisa del inmueble que forma el acervo hereditario de la sucesio "xxxxxxx" que tramita ante el juzgado tal depto tal etc etc???
Ahora bien, otra duda que tengo respecto a este tema es sobre el pago del anticipo de ius $120 (que al momento de presentarnos y pedir la ampliacion de la declaratoria ya abonamos) al igual que el bono ley ($50?) si no recuerdo mal... Debo volver a abonarlo?, si la respuesta es afirmativa como creo que es... Luego el anticipo de ius cuentan ambos (o sea $240) al momento del aporte sobre honorios, o solo $120?
Por ahora no se me ocurren otras dudas, pero con esto estamos para empezar!!!, seguramente surgirán otras tantas en el camino.... Y obviamente recurrire nuevamente a ustedes!!!,
Desde ya nuevamente gracias por atender mis dudas y sobretodo despejarlas!!!
A esto el juzgado proveyo: "Ocurran los peticionantes por ante la Receptoría General de Expedientes, a cuyo fin practíquese el desglose de las piezas de fs. 93/108, dejándose debida constancia en autos". O sea, si mal no entendi, debo iniciar una sucesión nueva (aparte de la ya iniciada...) En el escrito debo pedir la acumulacion con la sucesion ya iniciada y de ahi en mas seguir el normal curso de una sucesion.... Creo que hasta ahi voy bien no?
Respecto del punto acervo hereditario, como este hombre no tenia bienes, solo la porción indivisa que le corresponde del inmueble de la sucesión iniciada de sus padres (La cual llego a la DH, pero no hay inscripción porque nunca pudo determinarse el valor del inmueble para la regulación de los honorarios y el pago de tasa...) como debo mencionarlo en el escrito de inicio?, se me ocurrió lo siguiente:
IV- ACERVO HEREDITARIO
De acuerdo que no poseía ningún bien a su nombre, solicitamos se de pleno cumplimiento con lo establecido por el Art. 734 segundo párrafo del CPCC. Es decir se exima de publicar en el diario local de acuerdo a la denuncia que se realiza (no posee bines de ninguna naturaleza).
O debería denunciar que como bienes tiene la porción indivisa del acervo hereditario de los autos caratulados "xxxxxxxxxx Sucesión ab intestato" que tramitan en el juzgado tal tal tal, y demás datos" Esta bien??? O deberia denunciar la porcion indivisa del inmueble que forma el acervo hereditario de la sucesio "xxxxxxx" que tramita ante el juzgado tal depto tal etc etc???
Ahora bien, otra duda que tengo respecto a este tema es sobre el pago del anticipo de ius $120 (que al momento de presentarnos y pedir la ampliacion de la declaratoria ya abonamos) al igual que el bono ley ($50?) si no recuerdo mal... Debo volver a abonarlo?, si la respuesta es afirmativa como creo que es... Luego el anticipo de ius cuentan ambos (o sea $240) al momento del aporte sobre honorios, o solo $120?
Por ahora no se me ocurren otras dudas, pero con esto estamos para empezar!!!, seguramente surgirán otras tantas en el camino.... Y obviamente recurrire nuevamente a ustedes!!!,
Desde ya nuevamente gracias por atender mis dudas y sobretodo despejarlas!!!
