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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #813003  por mariaana
 
Hola gente!! Tengo el siguiente caso: Una clienta tiene pensión y tramitó luego la jubilación. Esta última se otorgó, pero quedó suspendido el pago debido a que tenía el otro beneficio. De esto pasaron 5 años por lo cual está mas que paga la moratoria en su totalidad. Se inició amparo y la justicia resolvió en contra de la clienta. Alguien sabe como hago con éste beneficio?? Si bien en su momento se rechazó por la justicia creo que al haber cancelado la moratoria debería empezar a cobrar la jubilación, pero no sé que tramite hacer. Muchas gracias por sus aportes!!
 #813342  por DRADIN
 
mariaana escribió:Hola gente!! Tengo el siguiente caso: Una clienta tiene pensión y tramitó luego la jubilación. Esta última se otorgó, pero quedó suspendido el pago debido a que tenía el otro beneficio. De esto pasaron 5 años por lo cual está mas que paga la moratoria en su totalidad. Se inició amparo y la justicia resolvió en contra de la clienta. Alguien sabe como hago con éste beneficio?? Si bien en su momento se rechazó por la justicia creo que al haber cancelado la moratoria debería empezar a cobrar la jubilación, pero no sé que tramite hacer. Muchas gracias por sus aportes!!
creo que faltan muchos datos para poder resolver. por ejemplo, porque le rechazaron el pedido en la justicia, si fue apelado, que tipo de juicio inicio, etc etc
 #814187  por mariaana
 
Muchas gracias!! El juicio que se inició es un amparo solicitando se declare la inconstitucionalidad de los arts 2, 3 del decreto 1451/06 y arts 4 y 5 de la res 884/06. Como dije antes el caso es que la señora tiene un beneficio de pensión y por eso se le suspendió el pago de la jubilación con moratoria en base a la ley 24476. La resolución del juzgado federal fue de rechazo de la acción pro la via del amparo debido a que no es esa la via adecuada para la delcaracion de incosnitucionalidad de normativas. Esta no fue apelada. Pero mas allá de esta cuestión judicial que yo creo que quedó en abstracto. Mi pregunta es como hago en Anses para rehabilitar el beneficio porque está otorgado, pero suspendido su pago hasta tanto se cancele la moratoria. El beneficio se otorgó en 2007 por lo cual ya está mas que paga. No sé si se explcia lo que quiero preguntar. Nuevamente muchas gracias por sus aportes!
 #815639  por Mvinanti
 
Estimada Mariana, me parece correcto la solución que planteas al caso esa es la vía debes rehabilitar el beneficio, el hecho que el pago este suspendido la moratoria no fue cancelada, debes fijarte en afip la situación del plan que enviaste oportunamente y si no esta vigente debes hacer una nueva moratoria exactamente con la misma situación de revista que la anterior cancelar de contado y le van a pagar a tu cliente un retroactivo de 2 años. Con el retroactivo seguramente vas a cubrir el valor de la moratoria de contado. Saludos
Yo tengo un caso y estoy en duda se trata de un pensionado que obtuvo el beneficio con una moratoria que esta pagando al dia de la fecha, le descuentan del haber que percibe. Esta persona cumplió 65 años y esta en condiciones de jubilarse pero necesita hacer una moratoria para poder jubilarse, asimismo esta dispuesto a cancelar la moratoria, pero me surgío la duda de que si cancelando esta moratoria y presentando el trámite le vana a pedir que renuncie al anterior (la pensión) porque el mismo esta acordado con una moratoria, para mi debería pagar las dos moratorias si es que quiere obtener ambos beneficios. Consulte en la delegación y me dijeron que cancelando la que va a presentar se la otorgarían si impedimentos. Pero la verdad tengo desconfianza que le haga pagar a mi cliente la moratoria para la jubilación y despues me encuentre en problemas al momento del otorgamiento del beneficio. Vos que opinas?
 #815669  por mariaana
 
Mvinanti te agradezco mucho tu respuesta. Estuve averiguando en Anses y me dijeron lo que vos me indicas. Yo creía que si el pago estaba suspendido era porque con ese dinero se iba cancelando la deuda, pero no. Lo que pasa es que mi clienta no tiene la plata para pagar de contado esa plata. Tu caso me parece abosolutamnete factible. Si pagás la moratoria de cotnado te tienen que acordar la jubilación sin problemas. Yo el lunes voy a air a ver el caso concreto en el sector beneficiarios de Anses con la carta poder para ver como lo resuelvo. Nuevamnete muchas gracias!!